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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE

Disposición 803/2015

Bs. As., 02/09/2015

VISTO la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998, modificada por su similar N° 1 del 12 de enero de 2000,

EL SUBSECRETARIO
DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE
DISPONE:

ARTICULO 1° — Dase por modificado, a partir del 1° de agosto de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión Administrativa N° 477/98, a PISTASOLI, Sebastián (D.N.I. N° 28.470.615) con CIENTO OCHENTA (180) Unidades Retributivas mensuales.

ARTICULO 2° — Dase por modificado, a partir del 1° de agosto de 2015 y hasta el 31 de agosto de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión Administrativa N° 477/98, a las personas que se citan a continuación, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que se detallan en cada caso:
MARTINEZ, Natalia Soledad (D.N.I. N° 31.782.761) con CIENTO VEINTICINCO (125) Unidades Retributivas mensuales.
PREISS, Ignacio (D.N.I. N° 32.244.681) con TRESCIENTAS (300) Unidades Retributivas mensuales.

ARTICULO 3° — Dase por otorgado, a partir del 1° de agosto de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión Administrativa N° 477/98, a las personas que se citan a continuación, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que se detallan en cada caso:
CARRERAS, Laura Edith (D.N.I. N° 31.586.529) con CIENTO CINCUENTA (150) Unidades Retributivas mensuales.
PALACIO, Sebastián Mauricio (D.N.I. N° 33.998.819) con CIENTO CINCUENTA (150) Unidades Retributivas mensuales.

ARTICULO 4° — Dase por modificado, a partir del 1° de septiembre de 2015 y hasta el 30 de septiembre de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión Administrativa N° 477/98, a las personas que se citan en el Anexo I a la presente, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que allí se detallan.

ARTICULO 5° — Dase por otorgado, a partir del 1° de agosto de 2015 y hasta el 31 de agosto de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión Administrativa N° 477/98, a las personas que se citan en el Anexo II a la presente, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que allí se detallan.

ARTICULO 6° — Dase por modificado, a partir del 1° de octubre de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión Administrativa N° 477/98, a las personas que se citan en el Anexo III a la presente, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que allí se detallan.

ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. GERARDO OTERO, Subsecretario de Gestión Administrativa del Transporte, Secretaría de Transporte.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

e. 08/09/2015 N° 142780/15 v. 08/09/2015

Fecha de publicación 08/09/2015