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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 854/2015

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2015.

Bs. As., 09/09/2015

VISTO el Expediente S01: N° 0168036/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 y la Decisión Administración N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario incrementar los créditos presupuestarios a fin de atender las erogaciones faltantes de la Jurisdicción 01 - PODER LEGISLATIVO NACIONAL, de los Servicios Administrativos Financieros 313 - HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN y 316 - DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACIÓN.

Que con el objeto de afrontar el pago de seguros de riesgo del trabajo, gastos de funcionamiento, transferencias e inversiones es menester modificar el Presupuesto vigente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, actuante en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, incrementando sus gastos corrientes y de capital y reduciendo sus aplicaciones financieras.

Que es necesario incrementar los créditos presupuestarios vigentes de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de su gestión.

Que se debe reforzar el Presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a fin de posibilitar el pago de haberes de su personal.

Que es menester modificar los créditos vigentes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender el pago de haberes.

Que asimismo se adecua el presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, para afrontar gastos en personal.

Que asimismo se adecua el Presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, a fin de atender gastos inherentes a su Sistema de Centros de Investigación.

Que asimismo deben adecuarse el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TURISMO, a fin de cumplimentar la acción coordinada con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para las visitas a TECNOPOLIS y la organización de viajes de niños en edad escolar con la finalidad de difundir la actividad turística.

Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CULTURA a los efectos de subsidiar parcialmente el pago de los haberes de los empleados de las Bibliotecas Populares, de manera de garantizar que el personal bibliotecario pueda seguir prestando sus servicios a tiempo completo.

Que se tramita una modificación presupuestaria destinada a reforzar el gasto del “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS” (PROGRESAR) instaurado por el Decreto N° 84 de fecha 23 de enero de 2014.

Que el objeto del Programa mencionado es el de generar oportunidades de inclusión social y laboral a través de acciones integradas que permitan capacitar a los jóvenes, para que finalicen la escolaridad obligatoria, inicien o se les facilite la continuidad de la educación superior y realicen experiencias de formación y/o prácticas calificantes en ambientes de trabajo.

Que la citada prestación se financia con las partidas que anualmente asigne la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional con fondos provenientes del TESORO NACIONAL, según lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto N° 84 de fecha 23 de enero de 2014.

Que mediante el Decreto N° 505 de fecha 6 de abril de 2015 se modificaron los requisitos para la percepción del beneficio incrementando el tope de ingresos y el valor de la prestación.

Que resulta necesario incrementar los créditos destinados al pago de las Asignaciones Familiares del Sector Público a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto N° 1.141 de fecha 17 de junio de 2015.

Que el Decreto citado en el párrafo anterior incrementó el valor de las asignaciones familiares y los rangos para su percepción con impacto directo en el Subsistema de Asignaciones Familiares del Sector Público.

Que el artículo 6° del Decreto N° 1.668 de fecha 12 de septiembre de 2012 dispuso que el personal que preste servicios bajo relación de dependencia en el Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, percibirá las asignaciones familiares establecidas para los trabajadores comprendidos en el inciso a) del artículo 1° de la Ley N° 24.714, en forma directa a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Que por otra parte, resulta necesario incorporar un refuerzo de crédito destinado a la atención del Régimen Reparatorio para Ex Presos Políticos establecido por la Ley N° 26.913.

Dicha norma otorgó una pensión graciable para aquellas personas que acrediten haber estado detenidas por causas políticas, gremiales y/o estudiantiles, entre otros, reconociendo derechos a víctimas y familiares de víctimas por los daños producidos por el terrorismo de Estado. La pensión abarca a todos los detenidos entre 1955 y hasta el 10 de diciembre de 1983 inclusive.

Por otra parte, la Ley establece una prestación igual a la remuneración mensual asignada a la Categoría D Nivel 0 (cero) planta permanente sin tramo del Escalafón para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público —SINEP— en los términos que establezca la autoridad de aplicación.

Que al respecto, resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente de la JURISDICCIÓN 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Organismo Descentralizado 850 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que por otra parte es necesario modificar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD, para la atención de las acciones sanitarias a cargo de esa cartera ministerial.

Que asimismo se incorporan créditos en el presupuesto del Ministerio mencionado en el considerando precedente con destino al “FONDO PARA LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - DECRETO N° 34/15”.

Que es menester modificar los créditos vigentes de la JURISDICCIÓN 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO para permitir la atención de las mencionadas transferencias.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la LEY DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL N° 24.156, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 26.124.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL vigente para el Ejercicio 2015, conforme con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof.

Fecha de publicación 11/09/2015