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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 5783/2015 Ref.: Circular RUNOR 1 - 1140. Régimen Informativo Contable Mensual - Comisiones y/o cargos en productos y servicios financieros.

27/07/2015

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,
A LAS CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173):
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo la incorporación de un nuevo requerimiento relacionado con el régimen informativo de referencia, el que deberá ser cumplimentado con el fin de solicitar la autorización para el aumento de comisiones prevista en el punto 2.5. del Texto Ordenado de “Protección de los Usuarios de Servicios Financieros”.
Deberán informarse los productos y/o servicios respecto de los cuales se proyecta incrementar el costo, conforme el modelo de partidas previsto en el Anexo I del Régimen Informativo de la referencia.
Tanto para las presentaciones mensuales de este régimen informativo como para las que obedecen a pedidos de aumentos, cuando se informen comisiones en el código de partida 500000 Otros-Nivel 1, se deberá detallar en el archivo “OTROS. PDF” correspondiente a esa partida la denominación de cada una de las comisiones, su importe por operación individual indicando si se trata de un importe en pesos, en moneda extranjera convertido a pesos o un porcentaje y la cantidad de operaciones, movimientos o servicios prestados en el mes (este último dato solo para las presentaciones mensuales).
La remisión del presente requerimiento es complementaria y no releva del envío de una nota dirigida a la Gerencia de Evaluación de Cargos y Comisiones, con el pedido de aumento y las respectivas justificaciones técnicas y económicas.
El vencimiento para la presentación específica del aumento de comisiones operara el 14 de agosto del corriente (independientemente de la presentación del Régimen Informativo correspondiente a julio cuyo vencimiento operará el 11 del mismo mes).
Se señala que se dará curso al análisis de la solicitud, en la medida que no se verifiquen incumplimientos —deberán encontrarse validados todos los períodos exigibles— ni inconsistencias en el régimen informativo.
En este sentido, se recuerdan las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “B” 11022, atento que existen entidades que a la fecha aún no han procedido a rectificar la información remitida con errores.
Saludamos a Uds. atentamente.
El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el Sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Normativa”).
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
RICARDO O. MAERO, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información. — ESTELA M. DEL PINO SUÁREZ, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.
ANEXO

e. 11/09/2015 N° 143407/15 v. 11/09/2015

Fecha de publicación 11/09/2015