Decreto S 1018/2002
Bs. As., 13/06/2002
VISTO el Expediente M-81/2002 “S” del registro de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, lo informado por el señor Prefecto Nacional Naval, lo propuesto por el señor Secretario de Seguridad Interior dependiente de la Presidencia de la Nación, y
CONSIDERANDO:
Que el mantenimiento de la seguridad interior constituye una prioridad del Gobierno Nacional.
Que el equipamiento con que cuenta la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA resulta insuficiente e inadecuado para contrarrestar las nuevas modalidades adoptadas por los manifestantes en actos de alteración del orden público y pone en serio riesgo la seguridad del personal policial destacado, a la vez que restringe el poder de disipación ante hechos de esta naturaleza.
Que la adquisición de los equipos y materiales imprescindibles a través de un acto contractual no público, permitiría obtener el resguardo necesario para evitar que tareas de contrainteligencia contribuyan a aumentar la capacidad ofensiva de potenciales agresores, evitando así que accedan al conocimiento de especificaciones y características técnicas que corresponde mantener en reserva para el cumplimiento pleno del objeto de las compras, de acuerdo a la naturaleza de los distintos elementos.
Que los elementos a adquirir, responden a reales necesidades de equipamiento y modernización del potencial afectado a la seguridad de personas y bienes, acorde a una tecnología más avanzada que redundará en beneficio de una mayor eficacia en el servicio.
Que han tomado la intervención que le compete la Asesoría Jurídica de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación.
Que razones de seguridad fundan acabadamente la necesidad de aplicar el régimen de adquisición solicitado por la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades excepcionales e indelegables conferidas por el artículo 25, inciso d), apartado 6. del Decreto N° 1.023 del 13 de agosto de 2001.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorízase a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a realizar contrataciones directas de carácter secreto, para la adquisición de los equipos y materiales detallados en la planilla anexa al presente artículo, por un monto máximo de hasta UN MILLÓN DE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S. 1.000.000.--), que serán afectados al presupuesto asignado a la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN - Programa 31 - Servicio de Policía de Seguridad de la Navegación y de Policía de Seguridad y Judicial, en el Ejercicio Financiero 2002.
Art. 2° — Facúltase al Prefecto Nacional Naval a aprobar y adjudicar todas las contrataciones directas que se realicen para adquirir los equipos y elementos necesarios hasta el monto máximo que se refiere en el artículo 1° del presente.
Art. 3° — Comuníquese y archívese. — EDUARDO A. DUHALDE.
Fecha de publicación 14/09/2015