MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Nota N° 20/15
Buenos Aires, 8 de septiembre de 2015
SEÑOR DIRECTOR NACIONAL:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, con el objeto de solicitarle, quiera tener a bien disponer que, por donde corresponda, se proceda a publicar en el Boletín Oficial la Nota S.T. N° 2045 del 6 de agosto de 2013 que se adjunta a la presente y tramita en el Expediente N° S02:0098756/2013, ello a fin de dar cumplimiento a lo requerido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio mediante Dictamen N° 5143/15.
Saludo a usted muy atentamente.
Dr. JUAN CARLOS VAL, Director Mesa de Entradas, Notificaciones y Despacho.
NOTA S.T. N° 2045
REF: EXPTE: S02: 98756/2013
BUENOS AIRES 06 AGO 2013
SEÑOR SUBSECRETARIO
En virtud de la presente se da respuesta a su Nota SGAT N° 3349 del 6 de agosto del corriente año, en la que las cámaras de transporte de pasajeros de larga distancia, AAETA, CELADI y CEAP solicitan considerar en forma excepcional y por el plazo de 90 días la suspensión de los requisitos establecidos en el artículo 3° incisos c) y d), de la Resolución N° 666 del 15 de Julio del 2013 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INTERIOR Y TRANSPORTE.
En tal sentido y dada la necesidad de asegurar la continuidad del servicio público de transporte automotor de pasajeros de larga distancia y el compromiso y voluntad manifestado por las mismas empresas de regularizar la situación impositiva como así también el cumplimiento de la presentación de la documentación exigida en la mencionada norma, se autoriza a liquidar las compensaciones previstas en la Resolución N° 513 de fecha 7 de junio de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE sin considerar el cumplimiento de dichos requisitos para los períodos comprendidos entre Mayo y Julio del 2013.
Saludo a usted atentamente.
Dr. ALEJANDRO RAMOS, Secretario de Transporte.
AL SEÑOR SUBSECRETARIO
DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE
Lic. Gerardo OTERO
S / D
e. 15/09/2015 N° 145627/15 v. 15/09/2015
Fecha de publicación 15/09/2015