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9 de Mayo de 2022

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).-
EDICTO N°
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...” ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, procediendo previamente a la entrega de la mercadería, del Acta Lote N° -------- a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo, para la mercadería detallada en el ítem 4.1 del Acta Lote atento que las mercaderías contienen pilas sin fecha de vencimiento, el verificador interviniente informó que se encuentran sujetas a lo establecido por Ley 26.184, para los ítems 1.1 y 1.2. deberá acompañarse LAPI, respecto de los ítems 3.1, resulta aplicable la Res. 485/05, Res. 583/08 y la presentación del Certificado del Juguete conforme Res. 163/05. Asimismo las mercaderías, correspondientes a los ítems 3.1 y 4.1, se encuentran sujetos a identificación fiscal conforme Res. 2522/87 y para el ítem 8.1, deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en la Res. 47/07, por lo que de no darse cumplimiento a dichos requisitos o en caso de encontrarse operado el vencimiento de las pilas, corresponde ordenar su destrucción conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Carlos Cazzolato - Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 17/09/2015 N° 146000/15 v. 17/09/2015

Fecha de publicación 17/09/2015