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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Decisión Administrativa 856/2015

Contrataciones en el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.

Bs. As., 10/09/2015

VISTO el Expediente N° S05: 0009912/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.

Que el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 establece la reglamentación de la Ley N° 25.164 y prevé en su Artículo 9°, último párrafo, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción y organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrarse según lo establecido en el Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su Decreto Reglamentario N° 1.421/02.

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo que integra la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, de acuerdo a lo solicitado por el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, tomando además en consideración lo normado por la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que el Convenio Colectivo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que los antecedentes curriculares de las personas mencionadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto, fundamentos suficientes para tramitar una excepción a lo establecido en el inciso c) punto II del Artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1.421/02.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuadas a las personas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida de los requisitos establecidos en el Artículo 14, del Anexo al Decreto N° 2.098/08, inciso a) del Nivel C.

Que la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Dánse por exceptuadas a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar sus contrataciones en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, en los niveles y grados del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y plazos consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

ANEXO


APELLIDO Y NOMBRE
M.I. N°NIVELGRADOPERIODOPROGRAMAACTIVIDAD
PARISOTTI, CRISTIAN ADRIAN24.371.853C101/01/2014 al 31/12/2014161
PERILLI, BÁRBARA34.179.876C101/01/2014 al 31/12/2014161

Fecha de publicación 17/09/2015