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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 862/2015

Dase por autorizada contratación en la Superintendencia de Servicios de Salud.

Bs. As., 10/09/2015

VISTO el Expediente N° 7669/14 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nros. 25.164 y 27.008, los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 1421 del 8 de agosto de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 1254 del 4 de agosto de 2014, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se tramita la aprobación del Contrato suscripto con fecha 16 de diciembre de 2013, celebrado ad referéndum del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre la titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y D. Raúl Alberto LEDESMA (D.N.I. N° 14.632.370), de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, con efectos al 1° de marzo de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014.

Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo resulta necesario proceder a la contratación de una (1) persona para desempeñarse como Delegado representante de la Delegación de la Provincia de Formosa, perteneciente a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la persona de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas exigencias.

Que a fin de posibilitar la contratación de dicha persona, corresponde exceptuar a la misma de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, a partir del 1° de marzo de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014.

Que los antecedentes curriculares de D. Raúl Alberto LEDESMA (D.N.I. N° 14.632.370), resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 1254/14 se ha sustituido el artículo 1° del Decreto 577/03 estableciéndose que, toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia.

Que por el artículo 4° del nombrado plexo normativo, se sustituyó el artículo 2° del Decreto N° 577/03 consignándose que en aquellos supuestos en los cuales la retribución mensual fuera inferior a lo consignado en el artículo anterior, o se propicien renovaciones o prorrogas de contrataciones, en el caso de los organismos descentralizados y demás entidades, dichas facultades serán ejercidas por el titular del Ministerio o Secretaría de la PRESIDENCIA DE LA NACION en cuya área desarrollen sus funciones dichos Entes.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y por el Artículo 1° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Dáse por autorizada la excepción de las previsiones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, a D. Raúl Alberto LEDESMA (D.N.I. N° 14.632.370), al sólo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, equiparado al Nivel A Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios), a partir del 1° de marzo de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014.

Art. 2° — Dase por aprobada la contratación D. Raúl Alberto LEDESMA (D.N.I. N° 14.632.370), quien desarrolla sus funciones como Delegado Representante en la Provincia de Formosa, de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, conforme a las condiciones, nivel, grado y vigencia indicados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica: 1-1-2.80.00-914-50.00-01-1-8, SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de conformidad con la Ley de Presupuesto para la Administración Nacional N° 27.008, correspondiente al ejercicio 2015.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

ANEXO I


APELLIDO Y NOMBRE
DNINIVEL Y GRADOVIGENCIA CONTRATO
LEDESMA Raúl Alberto14632370A-001.03.2014 al 31.12.2014

Fecha de publicación 18/09/2015