MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 1870/2015
Bs. As., 17/09/2015
VISTO el Expediente N° S02:0154335/2014, Cuerpos I a XXIX, del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 26 de julio de 2010 se suscribió el Decreto N° 1072 que aprueba el modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 7794- AR, destinado a financiar parcialmente el PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA ÁREAS METROPOLITANAS.
Que el artículo 4° del Decreto N° 1072/10 designa a la SECRETARÍA DE TRANSPORTE a través de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES (U.E.P.) creada mediante Resolución N° 137 de fecha 22 de diciembre de 1997, como organismo ejecutor del PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA ÁREAS METROPOLITANAS, quedando facultada para realizar todas las operaciones y contrataciones que resulten necesarias para la ejecución del mismo.
Que mediante el Decreto N° 2034 del 4 de diciembre de 2013, se modificó la denominación de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL DEL PROGRAMA DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS (U.E.C.) del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, pasándose a identificar como UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.) del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, bajo la dependencia directa del titular de esta Cartera.
Que la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.) de este Ministerio, centraliza las competencias que oportunamente le fueron asignadas por el Decreto N° 202 del 30 de enero de 1991 y sus modificatorios a la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL DEL PROGRAMA DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS (U.E.C.) del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y por la Resolución N° 137 del 22 de diciembre de 1997 de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES (U.E.P.) y las previstas en el Anexo IV de la medida citada.
Que conforme a los términos del Decreto mencionado, la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.) de este Ministerio gestionará y ejecutará los programas y proyectos total o parcialmente financiados con fuentes de financiamiento externas, que se ejecutan actualmente en esta Cartera de Estado y todos aquellos que en el futuro se formulen su órbita.
Que con el objeto de concretar un reordenamiento estratégico que permita alcanzar las metas políticas diagramadas en materia de transporte, de revisar y ordenar las prioridades en orden a la focalización de proyectos y el establecimiento de mecanismos y procedimientos adecuados para su ejecución, mediante enmienda al Contrato de Préstamo BIRF N° 7794-AR se reestructuró el PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA ÁREAS METROPOLITANAS.
Que la mencionada reestructuración tiene por objetivo permitir la ejecución de proyectos estratégicos para el transporte urbano en áreas metropolitanas, entre ellos el Proyecto Corredor del Sudoeste - BRT Juan Manuel de Rosas (Av. Juan Manuel de Rosas - Ruta Nacional N° 3).
Que en este sentido, se suscribió el Acta Acuerdo de Cooperación entre la NACIÓN, la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DE LA MATANZA con fecha 8 de agosto de 2014, estableciéndose en dicho instrumento los acuerdos y responsabilidades de las partes para la ejecución del “Proyecto de Transporte Público Masivo (BRT) en la Ruta Nacional N° 3 (RN3)” que tiene por objetivo general mejorar la infraestructura de transporte público en el área de influencia, así como la integración del Área Metropolitana de Buenos Aires con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que en el marco del Proyecto referido resulta necesario llevar a cabo la contratación de la obra de construcción del Bus de Tránsito Rápido (Bus Rapid Transit - BRT) a desarrollar a lo largo del partido de La Matanza sobre el corredor vial Ruta Nacional N° 3, principalmente en el tramo que discurre desde la intersección con la Ruta Provincial N° 4 en San Justo, hasta el distribuidor en la intersección con la Ruta Provincial N° 21 en González Catán, donde se emplazará el Centro de Transbordo Intermodal (CTI) que servirá como terminal y dispositivo de regulación del sistema.
Que la contratación que se propicia, se llevó a cabo bajo el método de Licitación Pública Internacional (LPI), de conformidad a los procedimientos previstos en las “Normas para la Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios Distintos a los de Consultoría por Prestatarios del Banco Mundial (enero 2011)”, conforme a lo establecido en el Contrato de Préstamo indicado en los considerandos precedentes.
Que de acuerdo a lo contemplado en las Normas mencionadas, con fecha 19 de diciembre de 2014, el Banco Mundial comunicó su no objeción al Documento de Licitación correspondiente a la LPI N° 1/2014 “Sistema BRT Corredor del Sudoeste - BRT Juan Manuel de Rosas (RN3) La Matanza - CABA”.
Que mediante Disposición N° 33 de fecha 22 de diciembre de 2014 del COORDINADOR GENERAL de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.), se aprobó el Documento de Licitación de Obras y el Llamado a Licitación correspondiente a la LPI N° 1/2014 “Sistema BRT Corredor del Sudoeste - BRT Juan Manuel de Rosas (RN3) La Matanza - CABA”, se autorizó su publicación y se creó el Comité de Evaluación que recomendaría la adjudicación a la empresa que, habiendo cumplimentado los requerimientos técnicos, presente el costo evaluado más bajo.
Que con fecha 12 de marzo de 2015, se llevó a cabo el acto de apertura pública de ofertas con la presencia de Funcionarios de la ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, presentándose la cotización de la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS -U.T.E.- por la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 898.500.000.-), más la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 34.267.734,55) ascendiendo el monto total a PESOS MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES ($ 1.198.000.000.-).
Que el Comité de Evaluación procedió a la corrección de un error aritmético en la oferta presentada, resultando el monto total de la misma en PESOS MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SIETE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 1.197.984.037,98).
Que asimismo el Comité, a requerimiento del BANCO MUNDIAL solicitó la tramitación de pedidos de aclaraciones a la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS —U.T.E.— conforme lo contemplado en la cláusula IAO 27.1 de la Sección I del Documento de Licitación.
Que a partir de la información presentada por el oferente, en virtud de los mencionados pedidos de aclaración, el Comité de Evaluación recomendó solicitar al BANCO MUNDIAL la no objeción a la negociación del contrato con la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS —U.T.E.—, en los términos establecidos en las cláusulas 2.63 y 2.64 de las Normas, a los efectos de tratar de obtener un contrato satisfactorio.
Que con fecha 17 de julio de 2015, el BANCO MUNDIAL comunicó la “no objeción” al inicio de un proceso de negociación de contrato con la firma oferente.
Que con fecha 28 de julio de 2015 se llevaron a cabo las negociaciones con la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS -U.T.E.-, que arrojaron los resultados precisados en el Modelo de Contrato y Acta de Negociación y sus anexos, estableciéndose el monto total del contrato en la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DIECIOCHO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 893.646.018,74) más la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NUEVE CON CUARENTA Y UN CENTAVOS (USD 34.082.609,41), lo que arroja un valor total de PESOS MIL CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL VEINTICUATRO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.191.528.024,99), impuestos incluidos.
Que con fecha 25 de agosto de 2015 el BANCO MUNDIAL otorgó la “No Objeción” a la adjudicación del contrato a la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS —U.T.E.—, en el entendimiento que se efectúen aclaraciones al Acta de Negociación que solicita en la misma carta de “no objeción”.
Que en este sentido, efectuadas las aclaraciones en el Acta de Negociación, con fecha 27 de agosto de 2015 el Banco Mundial informó respecto de la prosecución de la adjudicación y firma del contrato con la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS —U.T.E.—.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 2034/13, y en orden a lo establecido en el artículo 35 inciso h) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 “in fine”, Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el procedimiento de contratación correspondiente a la Licitación Pública Internacional N° 1/2014 “Sistema BRT Corredor del Sudoeste - BRT Juan Manuel de Rosas (RN3) La Matanza - CABA”. El mencionado procedimiento se llevó a cabo con ajuste a lo establecido en las “Normas para la Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios Distintos a los de Consultoría por Prestatarios del Banco Mundial (enero 2011)”.
ARTÍCULO 2° — Adjudícase el procedimiento de contratación correspondiente a la Licitación Pública Internacional N° 1/2014 “Sistema BRT Corredor del Sudoeste - BRT Juan Manuel de Rosas (RN3) La Matanza - CABA” a la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS —U.T.E.— por un monto de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DIECIOCHO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 893.646.018,74) más la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NUEVE CON CUARENTA Y UN CENTAVOS (USD 34.082.609,41), lo que arroja un valor total de PESOS MIL CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL VEINTICUATRO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.191.528.024,99), impuestos incluidos.
ARTICULO 3° — Autorízase al Coordinador General / Coordinador General Adjunto de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.) de este Ministerio a suscribir, indistintamente, el Convenio con la firma CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS —U.T.E.—, cuyo modelo se aprueba y forma parte de la presente medida como ANEXO.
ARTICULO 4° — El gasto que demande la contratación, será imputado a la siguiente Partida Presupuestaria: SAF 325, Jurisdicción 30, Programa 61, Actividad 0, Inciso 4, Partida Principal 4, Parcial 2, Fuente de Financiamiento 22 y 11, del ejercicio 2015, Préstamo BIRF 7794-AR.
ARTICULO 5° — Notifíquese la presente medida al adjudicatario CONSTRUTORA QUEIROZ GALVÃO S.A. - CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. - BRT JUAN MANUEL DE ROSAS —U.T.E.—.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.
ANEXO
Convenio
EL PRESENTE CONVENIO se celebra el día _____ del mes de _________ de ______ entre la Unidad Ejecutora Central (UEC) del Ministerio de Interior y Transporte (en adelante denominado “el Contratante”) por una parte, y la firma CENTRO CONSTRUCCIONES S.A.- CONSTRUTORA QUEIROZ GALVAO S.A. (U.T.E.) (en adelante denominado “el Contratista”) por la otra.
POR CUANTO el Contratante desea que el Contratista ejecute la obra denominada “Sistema BRT Corredor del Sudoeste - BRT Juan Manuel de Rosas (RN3) La Matanza - CABA” LPI N° 1/2014, y ha aceptado la Oferta presentada por el Contratista para la ejecución y terminación de dicha Obra y para la reparación de cualesquiera defectos de las mismas.
El Contratante y el Contratista acuerdan lo siguiente:
1. En el presente Convenio los términos y las expresiones tendrán el mismo significado que se les atribuya en los documentos contractuales a que se refieran.
2. El presente Convenio prevalecerá sobre todos los demás documentos contractuales. Se considerará que los documentos enumerados a continuación constituyen el presente Contrato; dichos documentos deberán leerse e interpretarse como integrantes del mismo:
(i) Carta de Aceptación
(ii) Acta de Negociación
(iii) La Oferta
(iv) Circulares N° 1, 2, 3, 4 y 5.
(v) Condiciones Especiales
(vi) Condiciones Generales
(vii) Especificaciones
(viii) Planos, y
(ix) Formularios debidamente llenados,
3. Como contrapartida de los pagos que el Contratante hará al Contratista conforme se estipula en el presente Convenio, el Contratista se compromete ante el Contratante, por medio del presente Convenio, a ejecutar las Obras y a reparar sus defectos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
4. El Contratante se compromete por medio del presente a pagar al Contratista, en compensación por la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de sus defectos, el Precio del Contrato o las otras sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y la forma estipulados en éste.
EN FE DE LO CUAL las partes han celebrado el presente Convenio de conformidad con las leyes de la República Argentina en el día, mes y año arriba indicados.
e. 23/09/2015 N° 148496/15 v. 23/09/2015
Fecha de publicación 23/09/2015