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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1920/2015

Designación en la Superintendencia de Servicios de Salud.

Bs. As., 16/09/2015

VISTO el Expediente N° 0003544/2015 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 27.008, los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 264 de fecha 12 de marzo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015.

Que por Decreto N° 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional actuante en la órbita del actual MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica, financiera y en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada en los cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que por Decreto N° 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el artículo 7° del Decreto N° 264/13 fueron designados diversos funcionarios en cargos de conducción superior en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la Licenciada Ana María TITTAFERRANTE (DNI N° 5.761.062) ha presentado su renuncia al cargo de Subgerenta de Articulación de los Integrantes del Sistema de Salud, la cual ha sido aceptada mediante la Resolución N° 051/15 de fecha 18 de febrero de 2015 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que a los fines de garantizar el normal desenvolvimiento de la mencionada Subgerencia de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, resulta necesario proceder a la designación de su reemplazante.

Que el Señor Santiago QUINTANA (DNI N° 33.488.355) posee los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para ocupar el cargo de Subgerente de Articulación de los Integrantes del Sistema de Salud de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dáse por designado transitoriamente en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a partir del 18 de febrero de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha del presente decreto, al Señor Santiago QUINTANA (DNI N° 33.488.355), en el cargo de Subgerente de Articulación de los Integrantes del Sistema de Salud, Nivel A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, autorizándose el correspondiente pago del suplemento por Función Ejecutiva de Nivel II establecido en el artículo 19 del referido Convenio, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos del artículo 14 del mismo y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.

Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° del presente decreto deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los TITULOS II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1°.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 914 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

Fecha de publicación 24/09/2015