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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Decreto 1929/2015

Dase por prorrogada designación del Director de Certificación y Control en el Instituto Nacional de Semillas.

Bs. As., 16/09/2015

VISTO el Expediente N° S05:0018472/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.352 de fecha 7 de agosto de 2012 y 757 de fecha 22 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.352 de fecha 7 de agosto de 2012, se designó con carácter transitorio, a partir del 3 de enero de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles al Ingeniero Agrónomo Don Pedro LAVIGNOLLE (M.I. N° 14.857.388), perteneciente a la Planta Permanente de Personal, Nivel B, Grado 2 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en el cargo de Director de Certificación y Control de la Dirección Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que por el Decreto N° 757 de fecha 22 de mayo de 2014, se prorrogó a partir de la fecha de su respectivo vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del citado decreto, la designación transitoria del mencionado agente.

Que el citado cargo debía ser cubierto conforme a los procesos de selección previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el citado Decreto N° 2.098/08.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo mencionado en el plazo establecido, por lo que resulta indispensable prorrogar la designación transitoria del nombrado funcionario por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir de la fecha de la presente medida.

Que lo dispuesto por el presente decreto no implica erogación extraordinaria alguna en el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dáse por prorrogada a partir de la fecha de su respectivo vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria efectuada por el Decreto N° 1.352 de fecha 7 de agosto de 2012, prorrogado por el Decreto N° 757 de fecha 22 de mayo de 2014, en el cargo de Director de Certificación y Control de la Dirección Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, al Ingeniero Agrónomo Don Pedro LAVIGNOLLE (M.I. N° 14.857.388), Nivel Escalafonario B, Grado 5 de la Planta Permanente de Personal del citado organismo, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el referido Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con las partidas específicas del Ejercicio 2015, Entidad 614 - INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

Fecha de publicación 29/09/2015