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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE GABINETE y MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución Conjunta 238/2015 y 1010/2015

Bs. As., 24/09/2015

VISTO el Expediente N° S01:0446118/2011 del registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2.008 y sus modificatorios, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1.991 (T.O. 1.995) y modificatorios, la Resolución Conjunta N° 5 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS de fecha 31 de julio de 2009 y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA N° 79 del 9 de diciembre de 2.008, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2.098/08, establece en su artículo 124 que el personal que revista bajo el régimen de carrera que sustituye será reencasillado con efecto a partir del 1° de Diciembre de 2.008, según las pautas del Título XIII.

Que por la Resolución Conjunta N° 5 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS de fecha 31 de julio de 2009 se aprobó el reencasillamiento del personal permanente de este último en el mencionado Sistema.

Que la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL del Ministerio de origen ha remitido el Formulario del agente Juan Emilio Cristian FLAQUER suscripto por la autoridad competente para proceder a la rectificatoria de su reencasillamiento.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta glosada en el Expediente citado en el Visto.

Que la propuesta de rectificatoria del reencasillamiento del personal del citado Ministerio, en base a los datos contenidos en el Formulario de Reencasillamiento del Personal Permanente firmado por la autoridad superior y el titular de la unidad organizativa establecidos en los artículos 1° y 2° de la Resolución S.G.y.G.P. N° 79/08, cumple con las pautas establecidas en el mencionado Título XIII del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 127 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL MINISTRO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Dáse por rectificado el reencasillamiento en el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N° 2.098/08, dispuesto por la Resolución Conjunta N° 5 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS de fecha 31 de julio de 2009 del personal que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

ANEXO I
Personal Permanente reencasillado en el Sistema Nacional de Empleo Público
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
Administración Centralizada

e. 01/10/2015 N° 151218/15 v. 01/10/2015

Fecha de publicación 01/10/2015