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30 de Junio de 2016

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Disposición 5/2015

Extranet. Recepción de avisos.

Bs. As., 05/10/2015

VISTO los servicios de publicación que presta la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, la Resolución S.L.y T. N° 31 del 12 de junio de 2012, La Resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 1687/2012, y las Disposiciones D.N.R.O. N° 3 del 3 de marzo de 2011, N° 2 del 15 de Junio del 2012 y N° 1 del 19 de Mayo de 2015.

CONSIDERANDO:

Que en virtud del acto citado en primer término se autorizó a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, a la implementación del sistema de “Delegación Virtual”.

Que a través de dicho mecanismo se creó el Sistema Electrónico de Consulta y Publicación de Edictos consagrado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Resolución 1687/2012.

Que los avances tecnológicos han llevado a la creación de Extranet Judicial y Extranet Oficial así como a la necesidad de un adecuado ordenamiento en el ingreso de los respectivos avisos.

Que el éxito de los referidos sistemas ha generado una mayor utilización de dichos servicios, incrementándose significativamente la demanda de trámites de carácter urgente, todo lo cual hace imprescindible la unificación del tope horario para el ingreso de las aludidas publicaciones en las distintas secciones del Boletín Oficial de la República Argentina.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL
DISPONE:

Artículo 1° — Que los avisos con carácter urgente de las secciones del Boletín Oficial de la República Argentina deben ser ingresados hasta las 14.00 horas del día hábil anterior a la publicación de los mismos.

Art. 2° — La presente tendrá vigencia a partir del 7 de Octubre de 2015.

Art. 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. — Jorge E. Feijoó.

Fecha de publicación 06/10/2015