Edición del
31 de Julio de 1970

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 903/2015

Bs. As., 30/09/2015

VISTO los Expedientes Nros. 146.00.0/14 y 146.01.0/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del VISTO documentan el concurso público convocado por esta AUTORIDAD FEDERAL, mediante Resolución N° 323-AFSCA/14, modificada por su similar N° 592-AFSCA/14, con el objeto de adjudicar UNA (1) licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de VILLA REDUCCION, provincia de CORDOBA.

Que conforme surge del acta de apertura del concurso público, se verificó la presentación de UNA (1) oferta, realizada por el señor MARIANO FERNANDO PERALTA, documentada mediante Expediente N° 146.01.0/14.

Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución N° 323-AFSCA/14 (Anexo B), modificada por su similar N° 592-AFSCA/14.

Que el procedimiento contemplado en el artículo 19 del pliego que documenta el Anexo B de la Resolución N° 323-AFSCA/14 y su modificatoria, dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes, en función de los requisitos y aspectos exigidos por los artículos que lo anteceden, teniendo en cuenta los elementos de admisibilidad relativos al cumplimiento de los requisitos de los aspectos personal y societario; patrimonial y técnico; y la sujeción de la propuesta a los porcentajes de contenidos y producción establecidos por la Ley N° 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1225/10, con relación a la propuesta de programación.

Que las áreas han evaluado positivamente los aspectos personal, comunicacional, patrimonial y técnico.

Que, el artículo 20 del pliego de bases y condiciones establece que a fin de verificar que la oferente no resulta deudor moroso de obligaciones sindicales o de las entidades gestoras de derechos, se solicitará a las entidades que informen si aquellos registran deudas vencidas y exigible con indicación del monto al que asciende la misma.

Que, el señor MARIANO FERNANDO PERALTA, cuya oferta documenta el Expediente N° 146.01.0/14 registra deuda con AADI CAPIF, incumpliendo con lo establecido por el artículo 24, inciso g) de la Ley N° 26.522.

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley N° 26.522 corresponde a esta AUTORIDAD FEDERAL el dictado del acto administrativo por el cual se resuelva el concurso público de que se trata, rechazándose la oferta ocurrente y declarándoselo fracasado.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha emitido el dictamen pertinente.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso 11) de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse los actos del concurso público N° 146 (CIENTO CUARENTA Y SEIS), convocado mediante Resolución N° 323-AFSCA/14, modificada por su similar N° 592-AFSCA/14, con el objeto de adjudicar UNA (1) licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de VILLA REDUCCION, provincia de CORDOBA.

ARTICULO 2° — Recházase por inadmisible la oferta presentada por el señor MARIANO FERNANDO PERALTA (D.N.I. N° 26.529.051), documentada mediante Expediente N° 146.01.0/14, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

ARTICULO 3° — Declárase fracasado el concurso referido en el artículo 1° de la presente.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 06/10/2015 N° 153015/15 v. 06/10/2015

Fecha de publicación 06/10/2015