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30 de Octubre de 2013

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 862/2015

Bs. As., 28/09/2015

VISTO el Expediente N° S01:0173500/2015 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1205 de fecha 30 de agosto de 2006.

Que oportunamente, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE ABASTECIMIENTO ELÉCTRICO EN LAS DISTINTAS REGIONES DEL PAÍS (UEP-PAEDRP) convocó a Licitación Pública Internacional N° 15/2013 con el objeto de seleccionar un contratista para la Construcción de LAT 132 kV TRES ISLETAS - JUAN J. CASTELLI Y NUEVA ET 132/33/13,2kV JUAN J. CASTELLI en la Provincia de CHACO que fue adjudicada a ALUSA ENGENHARIA SOCIEDAD ANÓNIMA - MONTELECTRO SOCIEDAD ANÓNIMA - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESA (U.T.E), firmándose el correspondiente contrato el día 07 de abril de 2014.

Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto N° 634/2003, las Resoluciones Nros. 948/2005 y 1205/2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución N° 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución N° 1205/2006 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que el contratista del mencionado contrato ha presentado la correspondiente nota (NP-CH1-0140), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto N° 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que el precio del contrato redeterminado resulta ser el que se indica en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

Que mediante el Documento N° 1702 de fecha 20 de julio de 2015 la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP-PAEDRP) manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la primera y segunda redeterminación de precios del Contrato de Construcción de LAT 132kV TRES ISLETAS - JUAN J. CASTELLI Y NUEVA ET 132/33/13,2kV JUAN J. CASTELLI de la Provincia de CHACO que fue adjudicada a la empresa ALUSA ENGENHARIA SOCIEDAD ANÓNIMA - MONTELECTRO SOCIEDAD ANÓNIMA - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESA (U.T.E), adjudicataria de la Licitación Pública Internacional N° 15/2013.

ARTÍCULO 2° — Determínase que el monto total del contrato con la primera redeterminación de precios al mes de abril de 2014 asciende a PESOS CIENTO VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ONCE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($122.574.811,66) y con la segunda redeterminación de precios al mes de octubre de 2014, asciende a PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TREINTA Y UNO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($132.433.031,35), según se detallan en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado.

ARTÍCULO 3° — La presente resolución, entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLENTÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

ANEXO
LAT 132kV TRES ISLETAS - JUAN J. CASTELLI Y NUEVA ET 132/33/13,2kV
JUAN J. CASTELLI DE LA PROVINCIA DE CHACO
1ª y 2ª REDETERMINACIÓN DEL CONTRATO DE CONSTRUCCION
(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)

e. 06/10/2015 N° 153050/15 v. 06/10/2015

Fecha de publicación 06/10/2015