MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
Decreto 2017/2015
Designación en el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas.
Bs. As., 24/09/2015
VISTO el Expediente N° 3907/15 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, la Ley N° 27.008, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, 310 del 29 de marzo de 2007 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008 aprobatoria del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otras medidas, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción ó Entidad correspondiente.
Que el cargo de Coordinación de la Secretaría Técnica del Directorio dependiente del Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS se encuentra vacante.
Que por tal motivo resulta necesario proceder a la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva IV, de la Secretaría Técnica del Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley 27.008, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que el Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS solicitó la designación transitoria de la Licenciada Silvina María BIDART (DNI N° 16.303.023) como Coordinadora de la Secretaría Técnica del Directorio Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva IV, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de la dependencia.
Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir el que luego será concursado conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos establecidos en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente designación.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE SERVICIO JURÍDICO del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10° de la Ley N° 27.008 y del artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir de la fecha del presente Decreto y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Licenciada Silvina María BIDART (DNI N° 16.303.023) como Coordinadora de la Secretaría Técnica del Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva IV, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV, VIII y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente designación.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 103 - CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — José L. S. Barañao.
Fecha de publicación 07/10/2015