SECRETARÍA DE GABINETE y ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución Conjunta 227/2015 y 1/2015
Bs. As., 17/09/2015
VISTO el Expediente N° 0008580/2011 del Registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES N° 25 y 01, respectivamente, del 24 de febrero de 2010, y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 79 del 9 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES N° 25 y 01, respectivamente, del 24 de febrero de 2010, se dio por aprobado, a partir del 1° de diciembre de 2008, el reencasillamiento del personal permanente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado del MINISTERIO DE TURISMO, en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que por el expediente citado en el Visto, las agentes de la planta permanente de la jurisdicción, Adriana Elisa MADDALENI y Alicia Cristina NEGRI solicitan se revea su reencasillamiento en el Agrupamiento General, y su inclusión en el Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que el organismo de origen certifica que las referidas agentes obtuvieron sus respectivos títulos universitarios, de más de CUATRO (4) años, antes de la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios; y que dichos estudios son coincidentes y acordes a las funciones que les han sido asignadas; y, asimismo, que percibían el correspondiente adicional por mayor capacitación.
Que, consecuentemente, en base a las constancias mencionadas precedentemente y obrantes en las actuaciones, resulta procedente efectuar la rectificatoria del reencasillamiento original.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, establece en su artículo 124 que el personal que revista bajo el régimen de carrera que sustituye será reencasillado con efecto a partir del 1° de diciembre de 2008, según las pautas del Título XIII.
Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta N° 122 de fecha 29 de julio de 2014, glosada en el Expediente citado en el Visto.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 127 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GABINETE
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1° — Modifícase, a partir del 1° de diciembre de 2008, el Anexo I de la Resolución Conjunta de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES N° 25 y 01, respectivamente, del 24 de febrero de 2010, por la que se aprobara el reencasillamiento del personal permanente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado del MINISTERIO DE TURISMO, en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la parte correspondiente a las agentes individualizadas en el Anexo que integra la presente, de conformidad con el detalle allí consignado.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Gpque. CARLOS CORVALÁN, Presidente del Directorio.
ANEXO
N° DE CUIL | APELLIDO Y NOMBRE | AGRUPAMIENTO | NIVEL | TRAMO | GRADO |
27-11650619-5 | MADDALENI, Adriana Elisa | Profesional | C | General | 9 |
27-11245925-7 | NEGRI, Alicia Cristina | Profesional | D | General | 7 |
e. 09/10/2015 N° 154398/15 v. 09/10/2015
Fecha de publicación 09/10/2015