AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 509/2015
Bs. As., 24/09/2015
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1.390/98, la Norma Básica de Seguridad Radiológica AR 10.1.1. - Revisión 3, el Régimen de Tasas de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR aprobado por Resolución N° 76/08, la Actuación N° 3963/11, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, CONTROL DE LA SEGURIDAD FÍSICA DE LAS PRACTICAS, CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS y el Proyecto de Actualización del Sistema de Licencias de ARN, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios del material radiactivo.
Que, mediante la Resolución N° 76/08 del Directorio de la ARN se aprobó el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección, que se aplica a las personas físicas o jurídicas que soliciten el otorgamiento o sean titulares de licencias, autorizaciones de operación, autorizaciones específicas y permisos individuales, entre otros.
Que LA COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA solicitó a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) el otorgamiento de la Licencia de Operación del TALLER BU- MAN, ubicado en el CENTRO ATOMICO EZEIZA - Buenos Aires - Argentina.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS de esta ARN y las Subgerencias CONTROL DE LA SEGURIDAD FISICA DE PRACTICAS, CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS, CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR; y la y la Unidad del PROYECTO DE ACTUALIZACION DEL SISTEMA DE LICENCIAS DE LA ARN, han recomendado dar curso favorable a la solicitud de la Licencia de Operación para el TALLER BU-MAN., por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos previstos para dicho trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 inciso c) y 22 inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de 23 de septiembre de 2015 (Acta N° 23)
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTICULO 1° — Aprobar la emisión de la Licencia de Operación para la instalación TALLER BU-MAN, ubicado en el CENTRO ATOMICO EZEIZA- Buenos Aires - Argentina, cuya versión, como Anexo, es parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Instruir a la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS para entregar el original de la Licencia de Operación a la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA en su carácter de Entidad Responsable de la instalación citada.
ARTICULO 3° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. DIEGO HURTADO, Presidente del Directorio.
e. 13/10/2015 N° 154784/15 v. 13/10/2015
Fecha de publicación 13/10/2015