MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 908/2015
Bs. As., 13/10/2015
VISTO el Expediente N° S01:0153533/2015 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS Nros 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.
Que oportunamente, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE ABASTECIMIENTO ELÉCTRICO EN LAS DISTINTAS REGIONES DEL PAÍS (UEP-PAEDRP) convocó a Licitación Pública Internacional N° 15/2011 con el objeto de seleccionar para la Construcción de la INTERCONEXIÓN HENDERSÓN - PEHUAJO - VILLEGAS en 132kV que fue adjudicada a la empresa ELEPRINT SOCIEDAD ANÓNIMA - MARTINEZ Y DE LA FUENTE SOCIEDAD ANÓNIMA UNION TRANSITORIA DE EMPRESA (U.T.E), firmándose el correspondiente contrato el día 03 de julio de 2013.
Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto N° 634/2003, las resoluciones Nros 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.
Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución N° 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución N° 1.205/2006 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.
Que mediante la Resolución N° 174 de fecha 03 de diciembre de 2014 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se procedió a aprobar la primera redeterminación de precios del Contrato de Construcción de la Interconexion Henderson - Pehuajo - Villegas en 132kV al mes de julio de 2013.
Que el contratista del mencionado contrato ha presentado la correspondiente nota (NPBA1-1437), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.
Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto N° 634/2003.
Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.
Que el precio del contrato redeterminado resultan el que se indica en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.
Que mediante Nota N° 1569 de fecha 07 de julio de 2015 la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP-PAEDRP) manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la segunda, tercera y cuarta redeterminación de precios del Contrato de Construcción de la Interconexión Henderson - Pehuajó - Villegas 132kV, suscripto entre la empresa ELEPRINT SOCIEDAD ANÓNIMA - MARTINEZ Y DE LA FUENTE SOCIEDAD ANÓNIMA UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, adjudicataria de la Licitación Pública Internacional N° 15/2011.
ARTÍCULO 2° — Determínase que el monto total del contrato con la segunda redeterminación de precios al mes de enero de 2014 asciende a PESOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON DIEZ CENTAVOS ($ 89.261.886,10), con la tercera redeterminación de precios al mes abril de 2014 asciende a PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 96.840.976,96) y con la cuarta redeterminación de precios al mes de agosto de 2014 asciende a PESOS CIENTO TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO SEIS CON CINCO CENTAVOS ($ 103.533.106,05), según se detallan en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente, no contemplado este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
ARTÍCULO 3° — La presente resolución, entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLENTIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
ANEXO
e. 20/10/2015 N° 157288/15 v. 20/10/2015
Fecha de publicación 20/10/2015