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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 394/2015

ACTA N° 1391 Expediente ENRE N° 41.788/2014

Bs. As., 07/10/2015

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la “EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA” (“TRANSBA S.A.”) con la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 647.347,79) correspondientes al período comprendido entre los meses de junio a noviembre del año 2014, por incumplimientos a lo dispuesto en el Artículo 22 Inciso a) de su Contrato de Concesión y al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo B del mencionado Contrato, con respecto a indisponibilidades de líneas, cuyos detalles, duraciones y montos de penalización se expresan en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 66/166. 2.- Instruir a “TRANSBA S.A.” para que de conformidad con lo dispuesto en el punto 6.1.3 de la cláusula sexta del Acta Acuerdo destine el importe de las sanciones aplicadas mediante el Artículo precedente a la ejecución de inversiones adicionales según el detalle del Anexo VII al Informe Técnico y Legal obrante a fojas 163/166, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo, y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo VIII al Informe Técnico y Legal (fojas 167). 3.- Sancionar a “TRANSBA S.A.” con la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 381.422,45) por incumplimientos respecto a conexión/transformación, conexión/salidas y equipamiento de reactivo instalado según Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 1/2003, a lo dispuesto en el Artículo 22 Inciso a) de su Contrato de Concesión y al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo B del mencionado Contrato, correspondientes al período comprendido entre los meses de junio a noviembre del año 2014, cuyos detalles, duraciones y montos de penalización se expresan en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII al Informe Técnico y Legal obrante a fojas 66/166. 4.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que aplicando las sanciones previstas en el Artículo 3, cuyo total consta en el Anexo VII del Informe Técnico y Legal citado (fojas 163/166), efectúe los descuentos correspondientes de dichas sanciones sobre la liquidación de venta de “TRANSBA S.A.”, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo instrumental de la referida Acta Acuerdo, y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo VIII al Informe Técnico y Legal (fojas 167). 5.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a favor de “TRANSBA S.A.” de la totalidad de los ingresos determinados en el Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental para el período semestral junio a noviembre del año 2014. 6.- Notifíquese a “TRANSBA S.A.” y a CAMMESA con copia de los Anexos de fojas 66/167. Hágase saber a “TRANSBA S.A.” que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto PEN N° 1.759/1972 (texto ordenado en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el Artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 7.- Publíquese la presente en la página web del ENRE, conjuntamente con los Anexos de fojas 66/167. Firmado: Enrique Gustavo Cardesa - Vocal Segundo - Luis Miguel Barletta - Vicepresidente - Ricardo Martínez Leone - Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30
Dra. NATALIA PAVESI, Secretaria Alterna de Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 20/10/2015 N° 158156/15 v. 20/10/2015

Fecha de publicación 20/10/2015