MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Decreto 2079/2015
Designación en la Dirección Nacional de Desarrollo Territorial Rural.
Bs. As., 05/10/2015
VISTO el Expediente N° S05:0046064/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, respectivamente, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.217 de fecha 16 de agosto de 2011, 2.776 de fecha 28 de diciembre de 2012, 1.030 de fecha 26 de junio de 2014 y 1.126 de fecha 21 de julio de 2014, las Decisiones Administrativas Nros. 175 de fecha 9 de abril de 2010 y 659 de fecha 8 de agosto de 2012, la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 respectivamente, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de la disposición del Artículo 10 de las citadas leyes.
Que el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 175 de fecha 9 de abril de 2010 modificada por la Decisión Administrativa N° 659 de fecha 8 de agosto de 2012, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de la ex - SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA, todas pertenecientes al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprobaron las segundas aperturas de la estructura organizativa de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL, la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la ex - SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA, todas pertenecientes al citado Ministerio.
Que por el Decreto N° 1.030 de fecha 26 de junio de 2014 se modificó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, correspondiente al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, aprobándose mediante el Artículo 3° de la mencionada medida, la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL del citado Ministerio.
Que por el Decreto N° 1.217 de fecha 16 de agosto de 2011 se designó al Médico Veterinario D. Manuel Enrique PEDREIRA (M.I. N° 8.482.183), en un cargo Nivel B, Función Ejecutiva III, de titular del Registro de la Agricultura Familiar dependiente de la ex Dirección Nacional de Fortalecimiento Institucional de la entonces SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la ex - SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del citado Ministerio.
Que mediante el Decreto N° 2.776 de fecha 28 de diciembre de 2012 se procedió a prorrogar dicha designación transitoria por el período comprendido entre el 10 de mayo de 2012 y el 25 de septiembre de 2013.
Que mediante Decreto 1.126 de fecha 21 de julio de 2014 se procedió a dar nueva prórroga a la mencionada designación transitoria, por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la citada fecha.
Que por razones de organización interna resulta necesario limitar la designación transitoria del Médico Veterinario D. Manuel Enrique PEDREIRA (M.I. N° 8.482.183) al 22 de julio de 2014 como titular del Registro de la Agricultura Familiar actualmente dependiente de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Institucional y Apoyo a las Organizaciones de la Agricultura Familiar de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR del citado Ministerio; y designar al agente mencionado en UN (1) cargo vacante, Nivel A, Función Ejecutiva I, correspondiente al titular de la Dirección Nacional de Desarrollo Territorial Rural de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES de la SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, a partir del 23 de julio de 2014.
Que el agente que se propone posee condiciones de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo.
Que ello implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las limitaciones establecidas por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 respectivamente.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° y 10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 respectivamente, y 1° del citado Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dáse por limitada, al 22 de julio de 2014, la designación transitoria del Médico Veterinario D. Manuel Enrique PEDREIRA (M.I. N° 8.482.183), dispuesta mediante Decreto N° 1217 de fecha 16 de agosto de 2011 prorrogada en último término por el Decreto N° 1126/14, en UN (1) cargo Nivel B, Función Ejecutiva III, correspondiente al titular del Registro de la Agricultura Familiar actualmente dependiente de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Institucional y Apoyo a las Organizaciones de la Agricultura Familiar de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Art. 2° — Dáse por designado transitoriamente a partir del 23 de julio de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la firma de la presente medida, en UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I, correspondiente al titular de la Dirección Nacional de Desarrollo Territorial Rural dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES de la SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, al Médico Veterinario D. Manuel Enrique PEDREIRA (M.I. N° 8.482.183), autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 respectivamente.
Art. 3° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el citado Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.
Fecha de publicación 20/10/2015