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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39499/2015

EXPEDIENTE N° SSN: 000331/2015. SINTESIS: AUTORIZACIÓN SEGURO DE PROTECCIÓN DE MASCOTAS.

19/10/2015

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Autorizar a METLIFE SEGUROS S.A. a operar en todo el territorio de la República Argentina en el “Seguro de Protección de Mascotas”, con las Condiciones Generales a fs. 2/3vta. (folio 2) y modificaciones a fs. 1/2 (folio 5) y fs. 1 (folio 8); Cláusula de Cobranza de Premio a fs. 5/vta. (folio 2) y modificaciones a fs. 3 (folio 5); Condiciones Específicas - Cobertura de Daños a fs. 6/7 (folio 2) y modificaciones a fs. 3/4 (folio 5) y fs. 1/2 (folio 8); Condiciones Específicas Cobertura de Fallecimiento Necesario por Vejez o Enfermedad a fs. 7 vta. (folio 2) y modificaciones a fs. 4 (folio 5); Condiciones Específicas - Cobertura de Estancia en Residencia Canina a fs. 8 (folio 2); Condiciones Específicas - Cobertura de Responsabilidad Civil Canina a fs. 8vta./9 (folio 2) y modificaciones a fs. 4/5 (folio 5); Condiciones Específicas - Cobertura de Asistencia Veterinaria en caso de Accidente a fs. 9vta./10vta. (folio 2) y modificaciones a fs. 1/2 (folio 8); Condiciones Específicas - Cobertura de Asistencia Veterinaria en caso de Enfermedad o Accidente a fs. 11/12 (folio 2) y modificaciones a fs. 1/2 (folio 8); Cláusula de Incremento Automático de la Suma Asegurada en Función del Salario Mínimo Vital y Móvil a fs. 12vta./13 (folio 2); Cláusula de Incremento Automático de la Suma Asegurada en Función del CER a fs. 13vta./14 (folio 2); Cláusula de Incremento Automático de la Suma Asegurada en Función de un Porcentaje a fs. 14vta. (folio 2); Nota Técnica a fs. 15 (folio 2) y modificaciones a fs. 2 (folio 11); Solicitud del Seguro a fs. 9/11 (folio 5) y modificaciones a fs. 1 (folio 11); Denuncia de Siniestro a fs. 12 (folio 5) y las Condiciones Particulares a fs. 3/11 (folio 8) y modificaciones a fs. 1 (folio 11).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, notifíquese, y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo: Lic. Juan A. BONTEMPO - SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.

e. 23/10/2015 N° 158764/15 v. 23/10/2015

Fecha de publicación 23/10/2015