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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2067/2015

Dase por prorrogada designación en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.

Bs. As., 05/10/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0022363/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.784, 26.895 y 27.008, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2009 del 24 de noviembre de 2008, 2360 del 10 de diciembre de 2012 y lo solicitado por la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros. 26.784, 26.895 y 27.008 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013, 2014 y 2015, respectivamente.

Que mediante el Decreto N° 2009 del 24 de noviembre de 2008 se dio por designado transitoriamente, entre otros, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a D. Hernán GIL en un cargo Nivel E - Grado 0 en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N° 2360 del 10 de diciembre de 2012 por el mismo término.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación citada precedentemente.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 29 de mayo de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N° 2009 del 24 de noviembre de 2008 y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N° 2360 del 10 de diciembre de 2012 por el mismo término, de D. Hernán GIL (D.N.I N° 24.835.509) en un cargo Nivel E - Grado 0 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

Fecha de publicación 23/10/2015