MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Decisión Administrativa 1011/2015
Transfiérese agente.
Bs. As., 13/10/2015
VISTO el Expediente N° S05:0550474/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la solicitud efectuada por el señor Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, tendiente a concretar la transferencia definitiva a su jurisdicción de la agente que revista en la Planta Permanente de la Dirección de Administración Pesquera dependiente de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Nivel D, Grado 8, Agrupamiento General, Tramo Intermedio, señora Doña Ana María FREGGIARO (M.I. N° 11.134.309).
Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para la mencionada quien ha prestado su conformidad al respecto.
Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos Permanentes de los organismos involucrados.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo previsto en los Artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b), punto IV del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Transfiérese con su respectivo cargo, nivel escalafonario, tramo y agrupamiento que reviste, a la agente perteneciente a la Planta Permanente Nivel D, Grado 8, Agrupamiento General, Tramo Intermedio, señora Doña Ana María FREGGIARO (M.I. N° 11.134.309), perteneciente a la Dirección de Administración Pesquera dependiente de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO organismo descentralizado dependiente del mencionado Ministerio, a partir de la fecha de la firma del presente acto administrativo.
Art. 2° — La agente transferida por el Artículo 1° de la presente medida, mantendrá su actual nivel, grado, tramo y agrupamiento de revista.
Art. 3° — Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el Artículo 1° de la presente medida, se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.
Fecha de publicación 30/10/2015