AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 1012/2015
Bs. As., 30/10/2015
VISTO el Expediente N° 2259/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de BERNAL, provincia de BUENOS AIRES.
Que el artículo 21 de la Ley N° 26.522 define a los prestadores de gestión estatal de los servicios de comunicación audiovisual, correspondiendo tal carácter, en el caso, a las personas de derecho público estatal (cfr. inciso a) de la citada norma).
Que, por su parte, el artículo 37 de la Ley N° 26.522 y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 1225/10, establecen la modalidad y condiciones para la procedencia de las autorizaciones a las personas de existencia ideal de derecho público.
Que, en tal sentido, la Universidad solicitante acompañó la documentación requerida por el artículo precedentemente aludido, la cual resultó de aprobación.
Que consecuentemente, deviene procedente otorgar la autorización peticionada.
Que, por su parte, la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 218, frecuencia 91.5 MHz., con categoría “F” y señal distintiva LRI391, para la localidad de BERNAL, provincia de BUENOS AIRES.
Que la DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso 8) de la Ley N° 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de BERNAL, partido de QUILMES, provincia de BUENOS AIRES, en la frecuencia 91.5 MHz., canal 218, con categoría “F”, y señal distintiva “LRI391”.
ARTICULO 2° — Dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, a contar del dictado de la presente, la universidad deberá presentar el anteproyecto técnico de la estación, de conformidad con la normativa técnica vigente, para la posterior habilitación del servicio en los términos del artículo 84 de la Ley N° 26.522.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 06/11/2015 N° 163586/15 v. 06/11/2015
Fecha de publicación 06/11/2015