MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Decreto 2210/2015
Dase por designado el Director de Asuntos Jurídicos en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Bs. As., 20/10/2015
VISTO el Expediente N° S01:0058221/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 7° de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que no obstante lo señalado en el considerando precedente, el Artículo 10 de la citada ley, establece que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.
Que por el Decreto N° 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004, se aprobaron las aperturas del primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada entonces en el ámbito de la ex-SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
Que en el ámbito del citado Instituto se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Asuntos Jurídicos, por renuncia de su anterior titular.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas al cargo mencionado, resulta indispensable cubrir transitoriamente el mismo con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del organismo.
Que la persona propuesta en el Artículo 1° del presente acto, debe exceptuarse del cumplimiento de los requisitos mínimos exigibles de acceso al Nivel A, no obstante reunir la experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido por la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por designado transitoriamente, a partir del 1 de abril de 2015 y hasta el 31 de mayo de 2015 fecha de su renuncia, al Abogado Don Víctor Eduardo CALERO (M.I. N° 27.520.890), Nivel A, Grado 0, en el cargo de Director de Asuntos Jurídicos dependiente del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el Artículo 14 del mencionado convenio.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof.
Fecha de publicación 09/11/2015