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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2218/2015

Dase por prorrogada designación de la Directora de Planificación y Gestión en la Secretaría de Coordinación Administrativa y Evaluación Presupuestaria.

Bs. As., 20/10/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0038842/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1354 del 14 de agosto de 2014 y 260 del 25 de febrero de 2015, 296 del 27 de febrero de 2015 y lo solicitado por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Que mediante el Decreto N° 1354 del 14 de agosto de 2014 se dio por designada transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a la Doctora Da. Lorena Elizabeth CATTEDRA como Directora de Planificación y Gestión de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya prórroga operó mediante el Decreto 260 del 25 de febrero de 2015.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.

Que por el artículo 3° del Decreto 296 del 27 de febrero de 2015 se transfirió la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE a la órbita de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA.

Que la agente involucrada en la presente medida, se encuentra exceptuada de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 2 de septiembre de 2015, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto N° 1354 del 14 de agosto de 2014 y cuya prórroga operó por el Decreto 260 del 25 de febrero de 2015 de la Doctora Da. Lorena Elizabeth CATTEDRA (D.N.I. N° 21.795.703) en un cargo Nivel B - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, como Directora de Planificación y Gestión de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II, Capítulo III del Convenio mencionado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 2 de septiembre de 2015.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

Fecha de publicación 09/11/2015