Edición del
27 de Febrero de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 859/2015

28/09/2015

EXTRACTO DE DISPOSICIÓN Nº 859 de fecha 28 de SEPTIEMBRE de 2015 (SNR)
ARTICULO 1° — Recategorízase a la institución “ASOCIACION CIVIL INSTITUTO MODELO PROYECTO 2000”, C.U.I.T. N° 30-70791228-2, con domicilio legal y real en la calle Planes N° 1150, Código Postal N° 1405, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la modalidad prestacional de Educación General Básica sin Integración.
ARTICULO 2° — Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento en la modalidad prestacional de Educación General Básica sin Integración, categoría “A”, con un cupo de cuarenta y cinco (45) concurrentes por turno en jornada simple y/o doble.
ARTICULO 3° — Reinscríbase a la institución “ASOCIACIÓN CIVIL INSTITUTO MODELO PROYECTO 2000”, en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
ARTICULO 4° — Dejáse establecido que la institución “ASOCIACIÓN CIVIL INSTITUTO MODELO PROYECTO 2000”, deberá comunicar a la Junta Evaluadora del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, todo aumento mayor a cuatro (4) personas de su población asistida, conforme lo regulado en el punto 8.2.4 de la Resolución N° 02/13 (P.D.S.P.B.A.I.P.D).
ARTICULO 5° — Dáse por desistido el trámite de categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de la institución “ASOCIACIÓN CIVIL INSTITUTO MODELO PROYECTO 2000”, C.U.I.T N° 30-70791228-2, con domicilio legal y real en la calle Planes N° 1150, Código Postal N° 1405, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la modalidad prestacional de Formación Laboral.
ARTICULO 6° — Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.
ARTICULO 7° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 09/11/2015 N° 165429/15 v. 09/11/2015

Fecha de publicación 09/11/2015