SECRETARÍA GENERAL
Decreto 2237/2015
Designación.
Bs. As., 02/11/2015
VISTO el expediente N° 45.722/15 del registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.008, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 648 del 26 de mayo de 2004, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y la Resolución S.G. N° 56 del 28 de enero de 2005, la Resolución S.G. N° 412 del 11 de abril de 2005, y la Resolución de la ex Subsecretaría de la Gestión Pública N° 25 del 4 de mayo de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2015.
Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que: “Salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente Ley, ni los que se produzcan con posterioridad”.
Que por el artículo 10 de la citada Ley se dispuso que las facultades otorgadas por la misma al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto N° 648/04 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político.
Que por la Resolución S.G. N° 412/05, se aprobaron diversas Coordinaciones de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con sus correspondientes acciones.
Que por la Resolución de la ex S.G.P N° 25/05, se ratificó el nivel de la función ejecutiva correspondiente a la Coordinación de Ceremonial de la Unidad Secretario General.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta necesario proceder a la designación transitoria del titular de la Coordinación de Ceremonial de la Unidad Secretario General, cargo con Función Ejecutiva III, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la citada Ley y de lo dispuesto en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08.
Que el organismo mencionado ha propuesto a tal efecto para el cargo aludido al Sr. Marcos BUERO HERRADA (D.N.I N° 35.159.465), a quien se lo debe exceptuar de los requisitos a que se refiere el artículo 14 del Convenio antes citado.
Que conforme lo señalado por la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se cuenta con los créditos presupuestarios correspondientes para financiar la designación propuesta.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dáse por designado, con carácter transitorio, a partir del 3 de agosto de 2015 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Sr. Marcos BUERO HERRADA (D.N.I. N° 35.159.465), en el cargo de Coordinador de Ceremonial de la Unidad Secretario General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, autorizándose el pago correspondiente de la Función Ejecutiva Nivel III del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N° 2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento y con excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 3 de agosto de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.
Fecha de publicación 10/11/2015