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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Decisión Administrativa 1147/2015

Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Bs. As., 06/11/2015

VISTO el Expediente N° S01:0438724/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 25.164 y 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramitan las propuestas de aprobación de la contratación y de la renovación de dicha contratación de la persona que se detalla en los Anexos I y II, que forman parte integrante de la presente medida, celebradas bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que en el Artículo 14 del Anexo al Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 se establecen los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).

Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo l al Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

Que el antecedente curricular de la persona mencionada en los Anexos I y II que integran la presente medida, acredita acabadamente la idoneidad y experiencia necesarias para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que, consecuentemente, corresponde exceptuar al agente detallado en los Anexos l y II que forman parte integrante de la presente medida, de los requisitos mínimos para el acceso a cada nivel escalafonario establecidos en el punto II del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1.421/02 al sólo efecto de posibilitar su contratación de acuerdo a lo solicitado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I al Decreto N° 1.421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución N° 48/02 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en los Anexos I y II que integran la presente medida, ha sido exceptuada del cumplimiento a lo establecido en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por no existir reingreso en la Administración Pública Nacional.

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia.

Que en la contratación y su renovación propiciadas en los Anexos I y II adjuntos a la presente medida se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que se cuenta con el crédito necesario en el Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a fin de atender el gasto resultante de los contratos alcanzados por la presente medida para el Ejercicio 2015, aprobado por la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, de conformidad con lo indicado en los Anexos adjuntos.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado intervención en los términos del Artículo 16 de la Ley N° 12.954.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1.421/02 y por el Artículo 1° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobada la contratación de la persona que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, destinada a la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS con carácter de excepción al punto II del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel A - Grado 1, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — Dase por aprobada la renovación de la contratación mencionada en el artículo precedente, destinada a la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS con carácter de excepción al punto II del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel A - Grado 2, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, de conformidad con lo indicado en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se imputará con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS - Jurisdicción 50, aprobadas por la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, distribuidas por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, de conformidad con lo indicado en el Anexo adjunto a la presente decisión administrativa.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof.

ANEXO I
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000000248 INDIVIDUALES DE LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
Código de Control: 0000020239
Listado de Contrataciones


ApellidoNombreTipo y Nº Doc.NyGDesdeHastaProg.Act.Dedic.
1DIEZCARLOS ALBERTODNI 22376100A101/03/201331/12/201311100%


Cantidad de Contratos Listados: 1


Imputación Presupuestaria: 1 81
Proyecto: 0Fuente: 11Ubic. Geo.: 2Jurisdicción: 50

ANEXO II
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000000248 INDIVIDUALES DE LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
Código de Control: 0000023891
Listado de Contrataciones


ApellidoNombreTipo y Nº Doc.NyGDesdeHastaProg.Act.Dedic.
1DIEZCARLOS ALBERTODNI 22376100A201/01/201428/02/201411100%


Cantidad de Contratos Listados: 1


Imputación Presupuestaria: 1 81
Proyecto: 0Fuente: 11Ubic. Geo.: 2Jurisdicción: 50

Fecha de publicación 13/11/2015