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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 1316/2015

Recházase pedido de Personería Gremial.

Bs. As., 18/11/2015

VISTO el Expediente N° 145.258/2003 del Registro de la Delegación Regional FORMOSA, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias por Ley N° 25.674 y Ley 26.390 y Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFÓNICOS DE LA PROVINCIA DE FORMOSA, con domicilio en Libertad 1544, Ciudad Capital de la Provincia de FORMOSA.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 670, de fecha 11 de agosto de 1993, la mencionada asociación obtuvo su Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el N° 1693.

Que la entidad solicitó la personería gremial el 24 de septiembre de 2003.

Que la peticionante agrupa a los trabajadores de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (E.N.T.E.L.), y privadas sin distinción de sexo, edad o nacionalidad, sean trabajadores permanentes o temporarios, de medio tiempo u horario completo, en actividad, quedando excluido el personal no comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo; con zona de actuación en todo el ámbito de la Provincia de FORMOSA.

Que la requirente acreditó el universo de trabajadores, por el período de seis meses anteriores a la petición.

Que se designó audiencia de verificación de afiliados cotizantes, a celebrarse en dependencias de la Delegación Regional FORMOSA, el 4 de diciembre de 2009.

Que con lo actuado en la audiencia del 4 de diciembre de 2009 se comprobó que la requirente no afilia a más del veinte por ciento (20%) de los trabajadores que intenta representar.

Que obra dictamen de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando rechazar el pedido de personería gremial, por falta de cumplimiento con los requisitos establecidos por el artículo 25 inciso b) de la Ley 23.551.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Recházase el pedido de personería gremial formulado por el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFÓNICOS DE LA PROVINCIA DE FORMOSA, con domicilio en Libertad 1544, Ciudad Capital de la Provincia de FORMOSA.

ARTICULO 2° — Dispónese la Publicación sin cargo en el Boletín Oficial en la forma indicada por la Resolución N° 12, de fecha 10 de octubre de 2001, de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Fecha de publicación 23/11/2015