AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Decreto 2570/2015
Designaciones en el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.
Bs. As., 25/11/2015
VISTO el Expediente N° 1967/2015 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 16 de la Ley N° 26.522 establece que la integración del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, cuyos miembros deben ser designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de los sectores y jurisdicciones que allí se detallan.
Que mediante el Decreto N° 1783 del 12 de noviembre de 2013, se designó a partir del 9 de noviembre de 2013 a los integrantes del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL en representación de los sectores y las provincias que habían propuesto sus representantes.
Que por el Decreto N° 335 del 20 de marzo del 2014 se designaron a los representantes de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, la PROVINCIA DE LA PAMPA, y la PROVINCIA DE MENDOZA.
Que por el Decreto N° 1166 del 24 de julio del 2014 se designaron a los representantes de la PROVINCIA DE SAN LUIS.
Que por Decreto N° 2010 del 30 de octubre del 2014 se designaron a los representantes de la PROVINCIA DEL NEUQUEN y PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO.
Que atento a la conformación de los integrantes para el nuevo período las provincias de ENTRE RÍOS, FORMOSA, LA PAMPA, MISIONES, SALTA, SANTIAGO DEL ESTERO, TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA e ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, TUCUMAN y del CHACO propusieron a sus representantes.
Que, de tal manera, el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL propuso a los representantes de las emisoras de las universidades nacionales, y de las universidades nacionales con facultades o carreras de comunicación, respectivamente.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS propuso al representante por los Pueblos Originarios.
Que con el objeto de integrar el cuarto mandato del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, se actualizó el Registro de entidades interesadas en participar en la designación de sus representantes.
Que las entidades que agrupan a los prestadores privados de carácter comercial, a los prestadores sin fines de lucro, los medios públicos de todos los ámbitos y las jurisdicciones, las entidades sindicales de los trabajadores de los medios de comunicación y las sociedades gestoras de derechos presentaron sus acuerdos sectoriales para proponer a sus representantes en el mencionado Consejo.
Que habiéndose evaluado las propuestas formuladas, corresponde proceder a la designación de los integrantes del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL para el nuevo mandato.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico pertinente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 16 de la Ley N° 26.522.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnanse a partir del 9 de noviembre de 2015 a los integrantes del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL en representación de las jurisdicciones y sectores que se detallan en los Anexos I y II respectivamente, que forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.
ANEXO I
ANEXO II
Fecha de publicación 30/11/2015