Secretaría General INTERÉS NACIONAL
Resolución 927/2015
“XLV Jornadas Tributarias”.
Bs. As., 20/11/2015
VISTO el Expediente N° 17603/15 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el Decreto N° 101/85 del 16 de enero de 1985, modificado por el Decreto N° 1517 del 23 de agosto de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido Expediente tramita la presentación efectuada por el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas, por medio de la cual se solicita declarar de interés nacional las “XLV JORNADAS TRIBUTARIAS”, a realizarse del 2 al 4 de diciembre de 2015, en la Ciudad de MAR DEL PLATA, Provincia de BUENOS AIRES.
Que es objetivo de estas Jornadas compartir con sus asistentes el análisis y discusión de los temas relevantes y más actualizados en materia impositiva, como asimismo, en cubrir la necesidad de prepararse para los cambios futuros.
Que dicho acontecimiento congrega a numerosos profesionales, quienes abordarán temas específicos de la tributación, creando un ámbito propicio para que sus participantes puedan debatir libremente.
Que dada la importancia de las cuestiones a considerar, la calidad de los participantes y la trascendencia que este aporte puede tener para el estudio de la tributación, se estima oportuno acceder a lo solicitado.
Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN propicia el dictado del presente pronunciamiento.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso j) del Decreto N° 101/85 y su modificatorio, Decreto N° 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1° — Decláranse de Interés Nacional las “XLV JORNADAS TRIBUTARIAS”, a realizarse los días 2, 3 y 4 de diciembre de 2015, en la Ciudad de MAR DEL PLATA, Provincia de BUENOS AIRES.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 20.01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo E. de Pedro.
Fecha de publicación 30/11/2015