MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, notifica al sumariado: Xiulin LIN, con DNI 94.207.786, la Apertura de Sumario, dispuesta en el Expediente CUDAP:EXPDNMS02:0000090/2014, que dice: “Buenos Aires, 12 de junio de 2014.- VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs. 3/4, de fecha 23/12/2013 en el cual el funcionario interviniente constató que la siguiente persona extranjera JUAN RODRIGO FERREIRA PINAZO, C.I. N° 5151897, de nacionalidad PARAGUAYA, se encontraba trabajando “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRÚYASE SUMARIO DE FALTAS, a LIN XIULIN, C.U.I.T. N° 27-94207786-1,con domicilio en ACUÑA DE FIGUEROA N° 834, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto N° 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder.” - Fdo. Dr. Darío Santiago FERNÁNDEZ A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones; “Buenos Aires, 20 de octubre de 2015.- Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado Xiulin LIN, DNI 94.207.786, la Apertura de Sumario, dispuesta a fojas 15 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial.” - Fdo. Dr. Darío Santiago FERNÁNDEZ A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones.
Dr. GUILLERMO MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte, Disposición DNM N° 522/12.
e. 25/11/2015 N° 169559/15 v. 30/11/2015
Fecha de publicación 30/11/2015