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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 7955/2015

Bs. As., 30/11/2015

VISTO el Expediente N° 17572/15 y el Decreto N° 1880 de fecha 17 de noviembre de 2011.

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1880/2011 se creó en jurisdicción de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA, el INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”, con carácter de organismo desconcentrado.

Que el inciso i) del artículo 3° de la referida norma establece como competencia el Instituto la realización de estudios, investigaciones, cursos, conferencias, seminarios y publicaciones acerca de la participación de la mujer y los sectores populares en la vida política, económica, social, y cultural de nuestro país.

Que para realizar la publicación de textos históricos y eventos culturales relacionados, en clave nacional, popular y federal, es necesaria la conformación de un sello editorial denominado DORREGO EDITORIAL.

Que a tales efectos, en el caso de los organismos públicos, la Cámara Argentina del Libro requiere de una resolución ministerial que lo instituya.

Que es de este modo, se visibiliza y promueve el aporte de los sectores populares a la construcción colectiva y participativa de la historia nacional, popular y federal.

Que la incorporación de atributos simbólicos y de identidad cultural regional, como elementos de diferenciación y valorización del campo de la cultura y la historia, facilita la inclusión cultural.

Que facilitar nuevos espacios de circulación y de intercambio de los bienes culturales contribuye a la construcción colectiva y participativa de la historia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1880/2011.

Por ello,

LA MINISTRA
DE CULTURA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el SELLO “DORREGO EDITORIAL” en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTÓRICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO MANUEL DORREGO, el que tendrá por objetivo general la conformación de un espacio de difusión de las temáticas históricas en clave nacional, popular y federal producidas por el citado Instituto o de interés para el mismo, como una manera de promover el intercambio de bienes culturales que refuercen las identidades populares.

ARTÍCULO 2° — El INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTÓRICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO MANUEL DORREGO a través de sus autoridades dictará el reglamento para el funcionamiento del sello editorial.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. — TERESA A. SELLARÉS, Ministra de Cultura.

e. 01/12/2015 N° 172284/15 v. 01/12/2015

Fecha de publicación 01/12/2015