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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CONVENIOS

Decreto 2539/2015

Homologación.

Bs. As., 24/11/2015

VISTO el Expediente N° 1.696.406/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006, el Acta Acuerdo del 20 de octubre de 2015 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA - ex IOSE), y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley N° 24.185 y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06, se ha constituido la Comisión Negociadora Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA - ex IOSE).

Que, las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, acordaron un convenio colectivo de trabajo a nivel sectorial concretado a través del Acta Acuerdo de fecha 20 de octubre de 2015 de la referida Comisión Negociadora.

Que en cuanto al ámbito de aplicación, se trata de un Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aplicable a los trabajadores designados con arreglo al mismo bajo el régimen de estabilidad prescripto por la Ley N° 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06, para quienes oportunamente fueron designados como personal permanente en los regímenes que fueron establecidos por la Ley N° 20.239 (Personal Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad) y por la Ley N° 17.409 (Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad) y para los trabajadores del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) incluidos los trabajadores permanentes del entonces Instituto de Obra Social del Ejército (IOSE), conforme a las plantas orgánicas y funcionales vigentes para los colectivos mencionados.

Que asimismo, resulta de aplicación al personal que fuera designado para ocupar cargos en las Plantas Transitorias y contratado bajo el régimen de contrataciones de personal establecido por el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, su reglamentación y normas complementarias, cuyas retribuciones fueran equiparadas con las del Escalafón establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial o fuera designado como suplente en cargos u horas clase correspondiente a la Planta Permanente de cada uno de los Institutos dependientes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina) aprobados presupuestariamente, en todos los casos, con los alcances y salvedades de su modalidad de empleo.

Que con relación a su vigencia temporal, conforme lo establecido por las partes signatarias, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial regirá a partir del día 1° de diciembre de 2015.

Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, segundo párrafo y 80, inciso b), del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06.

Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención prevista en los artículos 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 14 de la Ley N° 24.185.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Homológase el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA - ex IOSE), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 20 de octubre de 2015, que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — La vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el presente será a partir del día 1° de diciembre de 2015, conforme lo establecido por las partes signatarias.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.

Fecha de publicación 01/12/2015