Edición del
6 de Septiembre de 2019

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Resolución 876/2015

Bs. As., 26/11/2015

VISTO el Expediente N° 1.804/2000 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 270 de fecha 16 de junio de 2000 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, se le otorgó a la Empresa AOL ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70202582-2), Licencia para la prestación del servicio de Valor Agregado.

Que la Licencia para la prestación del servicio de Valor Agregado de que se trata fue otorgada en los términos de la Resolución N° 16.200 de fecha 17 de junio de 1999, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que mediante presentación fundada, se notificó a la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES el cambio de denominación social de la Empresa AOL ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por el de MISTYCA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-70202582-2).

Que con fecha 19 de octubre de 2007, se recibe la presentación del Prestador, mediante la cual solicita la baja de la Licencia oportunamente otorgada.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del Acta de Directorio correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078, los Decretos N° 677 de fecha 28 de abril de 2015, y N° 1.117 de fecha 12 de junio de 2015 y la Resolución N° 250 de fecha 11 de septiembre de 2015 de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Cancélase la Licencia otorgada a la Empresa AOL ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70202582-2) (ahora MISTYCA SOCIEDAD ANÓNIMA), para la prestación del servicio de Valor Agregado.

ARTÍCULO 2° — La medida adoptada en el Artículo 1°, tendrá vigencia a partir del 19 de octubre de 2007.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

e. 02/12/2015 N° 172970/15 v. 02/12/2015

Fecha de publicación 02/12/2015