Decreto S 1631/1980
Bs. As., 12/08/1980
VISTO la situación de la súbdita española Luisa LOPEZ MUÑOZ, y
CONSIDERANDO:
Que la persona mencionada se encuentra arrestada a disposición del Poder Ejecutivo Nacional por Decreto N° 3003/75, en virtud del estado de sitio vigente.
Que por Decreto N° 2486/78, el Poder Ejecutivo Nacional ordenó la expulsión de la República Argentina de la causante, por hallarse incursa en los hechos y actividades previstas en el Artículo 1° de la Ley 21.259.
Que dicha súbdita fue condenada por el Juzgado Federal N° 2 de la Ciudad de Córdoba, provincia del mismo nombre, a la pena de cinco años y seis meses de prisión, por ser autora responsable de los delitos de Asociación Ilícita Calificada (Art. 213 bis del Código Penal, texto conf. Ley 20.642) e Infracción al Art. 2° Inc. c) en función del Art. 1º de la Ley Nacional de Seguridad N° 20.840 en concurso real (Art. 55 del Código Penal); en causa N° 39.610 -R-1979 del registro de dicho Tribunal.
Que la persona mencionada se encuentra cumpliendo actualmente dicha pena que vencerá el 16 de marzo de 1981.
Que por razones que hacen a los más altos intereses de la Nación, resulta conveniente dar inmediato cumplimiento a lo previsto en el Decreto N° 2486/78, en lo que hace a la causante y, para ello, la única posibilidad es la de conceder el beneficio de indulto por lo que resta cumplir de la pena de prisión aplicada.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 86, inciso 6° de la Constitución Nacional.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Indúltase la pena de prisión que le resta cumplir de la condena que le impusiera el Juzgado Federal N° 2 de la Ciudad de Córdoba, provincia del mismo nombre, a la súbdita española Luisa LOPEZ MUÑOZ (hija de Francisco y de Ana Muñoz) - C.I. N° 202.669 de la Provincia de Córdoba.
Art. 2° — Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. — JORGE R. VIDELA.
Fecha de publicación 03/12/2015