ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución 480/2015
Asunto: Prórroga habilitación zona operativa aduanera muelle “Terminal Sólidos a Granel” PIEDRAS BLANCAS S.A. División Aduana de Paraná.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la Actuación SIGEA N° 12502-375-2012/28 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma PIEDRAS BLANCAS S.A (CUIT N° 33-70895695-9) solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por la Resolución N° 154/15 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su propiedad, denominado Terminal Sólidos a Granel, ubicado a la altura del kilómetro SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS (689,2) del río Paraná, margen izquierda, localidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Paraná.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12502-375-2012 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, por expediente EXP-S02:0016840/2012.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera solicitada, con carácter provisorio y hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa solicitada por la firma PIEDRAS BLANCAS SA (CUIT N° 33-70895695-9) para realizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su propiedad denominado “Terminal Sólidos a Granel”, ubicado a la altura del kilómetro SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS (689,2) del río Paraná, margen izquierda, localidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Paraná.
ARTICULO 2° — Establécese que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle en trato y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 04/12/2015 N° 174024/15 v. 04/12/2015
Fecha de publicación 04/12/2015