ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución 482/2015
Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera “Puerto LA BARQUITA” Departamento Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la Actuación SIGEA N° 12509-88-2011/23 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma LA BARQUITA S.R.L, (CUIT 30-70913978-5) solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución N° 152/2015 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle de su propiedad, ubicado en el Arroyo San Lorenzo, a la altura del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA (450), margen derecha el Rio Paraná, ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fé, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo.
Que se encuentra acreditado en la Actuación SIGEA N° 12509-88-2011 que por expediente EXP-S01:0126041/2011 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, la inscripción del muelle en trato en el Registro Nacional de Puertos, de conformidad a lo indicado en la reglamentación del artículo 5° de la Ley N° 24.093.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función a lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio, hasta tanto se materialice la inscripción del muelle en trato en el Registro Nacional de Puertos y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera en el muelle de la firma LA BARQUITA S.R.L. (CUIT N° 30-70913978-5), ubicado en el Arroyo San Lorenzo, a la altura del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA (450), margen derecha el Río Paraná, ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo.
ARTICULO 2° — Establécese que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto se materialice la inscripción del muelle en trato en el Registro Nacional de Puertos, de conformidad a lo indicado en la reglamentación del artículo 5° de la Ley N° 24.093 y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera .
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes al Departamento Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y aplicación. Cumplido, archívese. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 04/12/2015 N° 174029/15 v. 04/12/2015
Fecha de publicación 04/12/2015