ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución 483/2015
Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle Puerto Márquez. División Aduana de Paraná.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la Actuación SIGEA N° 12502-397-2008/74 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación el Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos (CUIT N° 30710010362), solicita una prórroga de la habilitación aduanera de el muelle del Puerto Márquez, propiedad de la Provincia de Entre Ríos, otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N° 153/2015 (SDG OAI), ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km. SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO (758), margen izquierda, Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la División Aduana de Paraná, para realizar operaciones de removido.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12502-397-2008 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0172321/2004.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera solicitada, con carácter provisorio y hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera en el muelle del Puerto Marquez, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km. SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO (758), Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la División Aduana de Paraná, solicitada por el Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos (CUIT N° 30710010362), a los fines de la realización de operaciones de removido.
ARTICULO 2° — Establécese que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle en trato y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 04/12/2015 N° 174031/15 v. 04/12/2015
Fecha de publicación 04/12/2015