JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 2636/2015
Designaciones en la Dirección de Desarrollo de Sistemas.
Bs. As., 30/11/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0023412/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y 296 del 27 de febrero de 2015, la Resolución Conjunta de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 684 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS N° 390 del 30 de diciembre de 2014, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 918 del 15 de octubre de 2014 y 279 del 28 de abril de 2015, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 72 del 16 de junio de 2015 y lo solicitado por la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles de Da. Marina MACCIONE (D.N.I. N° 18.299.569), como Coordinadora de Calidad y Procesos y del Licenciado D. Diego Gustavo ANGELONE (D.N.I N° 30.646.857), como Coordinador de Arquitectura, ambos cargos dependientes de la DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE SISTEMAS de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que el artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentran vacantes y financiados los cargos anteriormente mencionados, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 918 del 15 de octubre de 2014, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y por su artículo 5°, se incorporaron, entre otras, la COORDINACIÓN DE CALIDAD Y PROCESOS y la COORDINACIÓN DE ARQUITECTURA, ambas dependientes de la DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE SISTEMAS de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES entonces dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 684 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS N° 390 del 30 de diciembre de 2014, se incorporaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos, entre ellos, los correspondientes a la COORDINACIÓN DE CALIDAD Y PROCESOS y a la COORDINACIÓN DE ARQUITECTURA ambas de la DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE SISTEMAS de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente entonces de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con un Nivel de Ponderación IV.
Que por el Decreto N° 296 del 27 de febrero de 2015 se transfirió la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE a la órbita de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA.
Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 279 del 28 de abril de 2015, se transfirieron la COORDINACIÓN DE CALIDAD Y PROCESOS y la COORDINACIÓN DE ARQUITECTURA del ámbito de la DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA dependiente de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, a la órbita de la DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE SISTEMAS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 72 del 16 de junio de 2015 se homologaron en el nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a las coordinaciones mencionadas precedentemente con sus respectivos niveles de ponderación.
Que por el artículo 10 de la Ley N° 27.008 se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la Administración General del País y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.
Que los agentes involucrados en la presente medida, han dado cumplimiento a lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto N° 491/02.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dánse por designadas, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 1° de abril de 2015, a las personas consignadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente, en los cargos, niveles y unidades organizativas que allí se detallan, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva que en cada caso se indica del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 14 del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) y a lo establecido por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 1° de abril de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto para el corriente Ejercicio de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.
ANEXO
Fecha de publicación 09/12/2015