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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Decreto 2692/2015

Danse por prorrogadas designaciones en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Bs. As., 01/12/2015

VISTO el Expediente N° S05:0047882/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, los Decretos Nros. 274 de fecha 18 de febrero de 2010, 1.233 de fecha 1 de septiembre de 2010, 1.456 de fecha 22 de septiembre de 2011, 1.286 de fecha 26 de julio de 2012, 1.357 de fecha 7 de agosto de 2012, 1.541 de fecha 8 de octubre de 2013, 1.603 de fecha 21 de octubre de 2013, 1.620 de fecha 21 de octubre de 2013, 1.622 de fecha 21 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante los decretos mencionados en el Visto se procedió a designar con carácter transitorio en el cargo que en cada caso se consigna, y a partir de la fecha que en cada caso se detalla, a diversos agentes de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que por el Decreto N° 1.603 de fecha 21 de octubre de 2013, se prorrogaron transitoriamente las designaciones de los agentes Ingeniera Agrónoma Da. Ángela Nilda GRACIA (M.I. N° 11.751.737), Ingeniera Agrónoma Da. Mirta Alicia ROSA LARRIEU (M.I. N° 10.425.725), Ingeniero Agrónomo D. Eduardo Antonio MOAVRO (M.I. N° 14.733.072), Abogada Da. Marisa Verónica MAMET (M.I. N° 21.354.874), señor D. Carlos Luis BERRA (M.I. N° 11.099.617).

Que los cargos mencionados debían ser cubiertos conforme el proceso de selección previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que encontrándose cumplido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y no habiéndose efectuado las correspondientes convocatorias, razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de las personas consignadas en los Anexos I, II, IlI, IV y V que forman parte integrante de la presente medida.

Que los agentes detallados en los mencionados Anexos, se encuentran actualmente desempeñándose en los cargos en que fueron designados transitoriamente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dánse por prorrogadas, a partir de la fecha que en cada caso se indica y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, las designaciones transitorias de los agentes que se consignan en los Anexos I, II, III, IV y V que forman parte integrante de la presente medida, en los cargos que se detallan en cada caso, todos pertenecientes a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Art. 2° — La prórroga de las designaciones transitorias de los agentes Ingeniera Agrónoma Da. Mirta Alicia ROSA LARRIEU (M.I. N° 10.425.725) y señor D. Carlos Luis BERRA (M.I. N° 11.099.617) se efectúan con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el citado Decreto N° 2.098/08.

Art. 3° — Los cargos de los agentes involucrados en el Artículo 1° deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el mencionado Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.

ANEXO I
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA

ANEXO II
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA

ANEXO III
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

ANEXO IV
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE LECHERÍA

ANEXO V
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

Fecha de publicación 09/12/2015