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16 de Febrero de 1987

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


GENDARMERÍA NACIONAL

Decreto 2697/2015

Promociones.

Bs. As., 01/12/2015

VISTO el Expediente AA 5-0300/41/2015 del registro de la GENDARMERIA NACIONAL, organismo dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Gendarmería Nacional N° 19.349 y sus modificatorias, la Ley N° 20.677, y

CONSIDERANDO:

Que atento los cambios producidos en la conducción de la GENDARMERIA NACIONAL, ha pasado a retiro personal superior que revistaba con el grado de Comandante General, lo que generó la imposibilidad de convocar a las respectivas Juntas de Calificación.

Que resulta necesario e indispensable designar el personal de Comandantes Generales que asumirán la máxima conducción de la Institución.

Que la implementación de dichas modificaciones debe realizarse en forma inmediata, a fin de no paralizar la actividad de la Fuerza.

Que GENDARMERIA NACIONAL cuenta con Comandantes Mayores que se encuentran en condiciones de ascenso al 31 de diciembre de 2015, no existiendo impedimentos para su promoción al grado inmediato superior, de acuerdo a las previsiones del artículo 70, de la Ley N° 19.349 de GENDARMERIA NACIONAL, modificado por el artículo 1° de la Ley N° 20.677.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Asuntos Jurídicos de la GENDARMERIA NACIONAL y la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y en virtud de lo establecido por el artículo 70 de la Ley N° 19.349, modificado por el artículo 1° de la Ley N° 20.677.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Promuévese al grado inmediato superior, con fecha 31 de diciembre de 2015, al Personal de Oficiales Superiores de GENDARMERIA NACIONAL que se menciona en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2° — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida se imputarán a las partidas presupuestarias asignadas a la jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD, Subjurisdicción 05 - GENDARMERIA NACIONAL, Programa 40 - CAPACIDAD OPERACIONAL.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — María C. Rodriguez.

ANEXO

Fecha de publicación 10/12/2015