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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2726/2015

Recházase recurso.

Bs. As., 02/12/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0003048/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 2619 del 30 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente mencionado en el Visto, tramita la presentación efectuada por la agente Da. Mirian Susana TOGNOLI (D.N.I. N° 20.950.599), designada mediante el Decreto N° 2619 del 30 de diciembre de 2014, en la Planta Permanente en el cargo de “SECRETARIA PRIVADA” (código 2013-003506-JEGAMI-G-SI-X-C al 2013-003515-JEGAMI-G-SI-X-C), Nivel C, Grado 5, del Tramo Intermedio - Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que la agente se notificó de su designación el 20 de enero de 2015, la que tramitó por el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0052999/2013.

Que el 20 de enero de 2015 la causante interpuso un reclamo contra el Grado sugerido por el Comité de Selección interviniente en el marco de la cobertura del cargo mencionado, mediante el Acta N° 8 del 12 de diciembre de 2013.

Que dicho reclamo versa sobre la solicitud de revisión del Grado que le fue otorgado en su designación, por considerar afines al cargo en cuestión las tareas desarrolladas por la agente.

Que los artículos 24, 31 y 128 del Anexo del Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establecen las condiciones mediante las cuales el órgano selector es competente para recomendar el grado escalafonario.

Que en consecuencia el Comité de Selección recomendó incorporar a la agente Da. Mirian Susana TOGNOLI en el Grado CINCO (5) del nivel escalafonario del cargo concursado, de acuerdo a las previsiones establecidas por el artículo 31 del Anexo del Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que el Órgano de Selección actuó dentro de sus atribuciones al evaluar, ponderar los antecedentes de los concursantes y recomendar el grado propuesto.

Que teniendo en consideración la fecha en que la agente se notifica de su designación y la fecha en que se hace efectiva la presentación impugnatoria, la misma ha sido interpuesta en tiempo y forma.

Que en consecuencia, la presentación efectuada por la interesada debe considerarse como un recurso de reconsideración interpuesto en legal tiempo contra el Decreto N° 2619 del 30 de diciembre de 2014, en los términos del artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.

Que por las razones expuestas, corresponde rechazar el planteo vertido por la interesada.

Que ha tomado la intervención que le compete la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Recházase el recurso de reconsideración interpuesto por la agente Da. Mirian Susana TOGNOLI (D.N.I. N° 20.950.599), contra el Decreto N° 2619 del 30 de diciembre de 2014, en los términos del artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 TO. 1991, de acuerdo con los argumentos expresados en los considerandos precedentes.

Art. 2° — Hágase saber a la nombrada que con el dictado del presente acto se agota la instancia administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por el artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

Fecha de publicación 10/12/2015