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27 de Agosto de 2018

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 2816/2015

Traslado de funcionario.

Bs. As., 09/12/2015

VISTO el Expediente N° 18094/2015 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 2110 del 5 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2110/2012 se designó a la señora Raquel Alicia BARRETO (D.N.I. N° 5.768.650), Agregada Cultural Especializada para la Articulación en Materia de Políticas de Promoción y Difusión Cultural de la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA ante la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.

Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita el traslado a la República de la funcionaria mencionada “ut supra”, desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, dando por finalizada la designación propiciada por el Decreto N° 2110/2012, a partir del día siguiente de su llegada al país.

Que los Servicios Jurídicos de los Ministerios de CULTURA y de RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, han intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY a la REPÚBLICA ARGENTINA, a la señora Raquel Alicia BARRETO (D.N.I. N° 5.768.650).

Art. 2° — Dáse por finalizada la designación como Agregada Cultural Especializada para la Articulación en Materia de Políticas de Promoción y Difusión Cultural de la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA ante la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, dispuesta por el Decreto N° 2110 del 5 de noviembre de 2012, a partir del día siguiente a su llegada a la República.

Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 72 del MINISTERIO DE CULTURA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman. — Teresa A. Sellarés.

Fecha de publicación 10/12/2015