MINISTERIO DE INDUSTRIA SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución 654/2015
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el Expediente N° S01:0322912/2015 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 25.300 y 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y las Resoluciones N° 45 de fecha 13 de febrero de 2015, 83 de fecha 30 de marzo de 2015 y 613 de fecha 13 de noviembre de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que dicho Régimen fue reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.
Que mediante el Artículo 28, inciso b) de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, se fijó el cupo al que se refiere el Artículo 3° de la Ley N° 22.317, en la suma de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000) para la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que en razón de ese cupo anual, se dictó la Resolución N° 45 de fecha 13 de febrero de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA por medio de la cual se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación de Eventos Patrocinados, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para el año 2015, estableciéndose un cupo máximo de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000).
Que mediante la Resolución N° 613 de fecha 13 de noviembre de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se procedió a la asignación de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000) provenientes del cupo de crédito fiscal establecido por la Resolución N° 45/15 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, a efectos de incrementar el cupo de crédito fiscal estipulado por la Resolución N° 83 de fecha 30 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que en consecuencia para la convocatoria establecida por la Resolución N° 45/15 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y su modificatoria, se estableció un cupo máximo de crédito fiscal de NUEVE MILLONES ($ 9.000.000).
Que en el marco de la citada convocatoria, se han analizado y evaluado positivamente un total de DOCE (12) proyectos presentados por CINCO (5) empresas.
Que en virtud de ello, las áreas técnicas han producido los informes correspondientes sobre los proyectos presentados, dando cuenta de que los mismos cumplen con las condiciones previstas en el Reglamento aprobado por la mencionada resolución.
Que por consiguiente dichas áreas técnicas indican que DOCE (12) proyectos presentados por CINCO (5) empresas deben ser aprobados con asignación de cupo de crédito fiscal por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS VENTISIETE CON CINCUENTA CENTAVOS (4.626.427,50), de acuerdo al detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.
Que asimismo, las áreas técnicas pertinentes, señalan que a efectos de optimizar al máximo la utilización de los recursos públicos y permitir el acceso de la mayor cantidad posible de empresas al Régimen, resulta necesario aprobar DOS (2) proyectos presentados por DOS (2) empresas, por un total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS ($ 554.522), de acuerdo al detalle consignado en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida, con la condición de que presenten la documentación respaldatoria requerida hasta las DIECISÉIS HORAS (16:00 hs.) del 22 de diciembre de 2015 inclusive.
Que es menester el cumplimiento de la condición indicada con el objeto de elaborar los informes correspondientes a los proyectos presentados, en virtud de lo establecido reglamentariamente.
Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que es así, que en el decreto citado precedentemente le fue asignada a la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, competencia para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 22.317, los Decretos Nros. 819/98 y 357/02 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébanse los proyectos presentados por las empresas que se detallan en el Anexo l que forma parte integrante de la presente resolución, acorde a lo establecido por la Resolución N° 45 de fecha 13 de febrero de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA y su modificatoria, las cuales acceden al Régimen de Crédito Fiscal por los montos de reintegro allí consignados.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse los proyectos presentados por las empresas que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución, acorde a lo establecido por la Resolución N° 45/15 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y su modificatoria, las cuales acceden al Régimen de Crédito Fiscal por los montos de reintegro allí consignados, bajo la condición de que presenten la documentación respaldatoria requerida en el Artículo 17 del Anexo I de la citada resolución, hasta las DIECISÉIS HORAS (16:00 hs.) del 22 de diciembre de 2015 inclusive. Transcurrido ese plazo, caducará en forma automática el beneficio asignado por la presente medida sin derecho a solicitar reclamo alguno por gastos u honorarios originados por la presentación y/o ejecución de los proyectos, ni por ningún otro concepto.
ARTÍCULO 3° — Asígnase un cupo de Crédito Fiscal por un total de PESOS CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 5.180.949,50) para los Proyectos aprobados por los Artículos 1° y 2° de la presente medida.
ARTÍCULO 4° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO G. ROURA, Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de Industria.
ANEXO I
ANEXO II
e. 10/12/2015 N° 173768/15 v. 10/12/2015
Fecha de publicación 10/12/2015