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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RECOMPENSAS

Resolución 2535/2015

Dispónese pago.

Bs. As., 03/12/2015

VISTO el Expediente N° S04:0060910/2015, la Ley N° 26.538 y las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012, 171 del 30 de enero de 2015 y 2313 del 11 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a través del artículo 1° de la Ley N° 26.538 ha sido creado un Fondo Permanente de Recompensas en jurisdicción del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que, sin haber intervenido en la comisión del delito, brinden datos útiles para obtener la libertad de la víctima, preservar su integridad física, o lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión de delitos de homicidio (artículo 79 del CÓDIGO PENAL), homicidio agravado (artículo 80 del CÓDIGO PENAL), violación (artículo 119 del CÓDIGO PENAL), violación seguida de muerte (artículo 124 del CÓDIGO PENAL), privación ilegal de la libertad calificada (artículo 142 bis del CÓDIGO PENAL), sustracción de menores (artículo 146 del CÓDIGO PENAL), secuestro extorsivo (artículo 170 del CÓDIGO PENAL), los tipificados en los artículos 5°, 6° y 7° de la Ley N° 23.737 (tenencia y tráfico de estupefacientes), robo a entidades bancarias, o en el encubrimiento de cualquiera de estos (artículo 277 del CÓDIGO PENAL); y en todos aquellos delitos que, por su gravedad o complejidad, justifique la la recompensa para el suministro de información.

Que por Resolución M.J. y D.H. N° 171/15 en su artículo 2° se dispuso el ofrecimiento en carácter de recompensa, dentro de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) destinada a aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Gabriel Raúl FIGUEROA, apodado “Larry” o “Enano” (D.N.I. N° 31.995.914) quien se fugó del COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL II DE MARCOS PAZ, Provincia de BUENOS AIRES en la madrugada del 25 de enero de 2015.

Que el Expediente N° FSM 4691/2015, caratulado “Figueroa, Gabriel Raúl y Luciano Javier Campo s/evasión”, se encuentra radicado en el JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 2 de MORON, Provincia de BUENOS AIRES, a cargo del doctor Jorge Ernesto RODRIGUEZ.

Que la citada causa interviene la FISCALIA FEDERAL N° 1 DE MORON, Provincia de BUENOS AIRES, a cargo del doctor Sebastian L. BASSO.

Que por oficio del 30 de septiembre de 2015 el Fiscal antes mencionado informa que para la captura de Gabriel Raúl FIGUEROA resultó relevante la información brindada ante este Programa por un aportante de identidad reservada, identificado bajo la clave alfanumérica C32-978-B.

Que resulta necesario designar al funcionario que habrá de ejecutar el pago en virtud de lo establecido en el artículo 14 del Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 (según texto sustituido por su similar N° 2313/15).

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 3° de la Ley N° 26.538.

Por ello,

EL MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Artículo 1° — Dispónese el pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), al aportante identificado con la clave C32-978-B, de conformidad con lo establecido en la Resolución M.J. y D.H. N° 171/15, a los efectos de hacer efectivo el pago de la recompensa pertinente.

Art. 2° — Desígnase como representante de este Ministerio, en el marco del del artículo 14 del Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 (texto según su similar N° 2313/15), al señor Director General de Administración.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.

Fecha de publicación 18/12/2015