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29 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA POSADAS ADUANA DE IGUAZÚ

Se intima a los interesados que más abajo se detallan por este único medio, en los términos del art. 1013 inc. h), del Código Aduanero, para que en el perentorio termino de 10 (diez) días proceda a abonar, los cargos generados por diferencias tributarias en las actuaciones respectivas, con más los intereses correspondientes, importes que deberán cancelarse según lo establecido por la Resolución General N° 3271/2012, bajo apercibimiento de iniciar la ejecución de cobro por la vía judicial conforme lo normado por el art. 1122 sgtes. y cctes., del Código Aduanero - Ley 22.415. Fdo. JUAN ARGENTINO ENRIQUE.- Administrador Aduana de Iguazú.

e. 18/12/2015 N° 176633/15 v. 18/12/2015

Fecha de publicación 18/12/2015