MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 1418/2015
Inscripción gremial.
Bs. As., 20/11/2015
VISTO el expediente N° 1.665.965/15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias por Leyes N° 25.674 y N° 26.390; Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que el SINDICATO CONFLUENCIA DE EDUCADORES ARGENTINOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con domicilio en Dr. Estanislao S. Zeballos N° 728, Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la ampliación del ámbito de actuación territorial con carácter de Inscripción Gremial.
Que la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial otorgada por Resolución N° 1302 de fecha 28 de noviembre de 2013 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla inscripta bajo el N° 2925.
Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley N° 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que por la mencionada Resolución N° 1302/13 se aprobó el Estatuto Social de la peticionante, en cuyo artículo segundo se reconoce como zona de actuación a toda la Provincia de BUENOS AIRES.
Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
Que consecuentemente corresponde aprobar la ampliación del ámbito de actuación territorial con carácter de Inscripción Gremial acreditado por la peticionante.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Reconócese al SINDICATO CONFLUENCIA DE EDUCADORES ARGENTINOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con domicilio en Dr. Estanislao S. Zeballos N° 728, Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES, la ampliación del ámbito de actuación territorial con carácter de Inscripción Gremial a los Partidos de La Costa, Ezeiza, Presidente Perón, Berazategui, Ensenada, Lanús, La Plata, Cañuelas, Escobar, Pilar, Magdalena, Luján, General Rodríguez, Malvinas Argentinas, San Miguel y San Vicente, todos de la Provincia de BUENOS AIRES; para agrupar al personal docente en relación de dependencia con establecimientos educacionales oficiales dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de BUENOS AIRES, con el alcance del ámbito de representación personal oportunamente otorgado por esta autoridad de aplicación. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Fecha de publicación 21/12/2015